CAP. IY-DE PO'l'Ji:NCIA .( POTEKCI.\.
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na y Juan Hernández y el padre Roca, clérigos
que fueron con el dicho licenciado Molina
á
ayu –
dar á prender al dicho padre fray Gil, el cual dicho
padre Roca ha dicho quel dicho fray Gil es tan
luterano como los de Alemania, y otras injurias
desta suerte;
it.en,los notarios del dicho :rvlolina,
que son Merlo
y
Estrada; iten, dos hermanos del
dicho licenciado llamados Cosme y Gerónimo de
Malina, que se hallaron con armas al tiempo y en
el lugar que el dicho licenciado Mol in a quiso pren–
der al dicho padre fray Gil; iten, Pedro de Sequo–
da que fué
á
dar a-riso al dicho rviolina pura que
Yiniese
á
prender
á
dicho fray Gil. Otrosí, porque
ha habido muchas pet·sonas en esta cibdad que en
este caso se han desvergonzado á decir palabras
conLra el dicho fray Gil, llamándole de hereje y di–
ciendo que ha dicho herejías y otras desvel'güenzas,
lo cual es público y notorio; pido
ú
V.
R.
que para
que se sepa qué personas son y sean castigados
conforme
ú
tal delito, V. R. ponga y promulgue
sentencia de descomunión contm c ual esqúier per–
sonas que lo hobiesen oído, si no lo manifestaren
dentro del término que V. R. les señalare.»
Ese día
H
de Enero, Rabanera mandó que Ma–
lina se presentase en su despacho y que expusiese
todos
y
cualesquier mandamientos que hubiese
dado, bajo de cualesquiera penas y censuras, así
para que no le ayudasen como para que no decla–
rasen ante él. Malina, por toda respuesta
ú
esta
intimación mandó,
á
su turno, al notario con
quien actuaba que notificase al escribano Caldera,
de parte de la Santa Inquisición, que, so pena de
excomunión mayor
y
de mil pesos de multa, no