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CAP. XIV- LOS PRL\1EJROS AUTOS DEl FÉ

341.

tento,n por lo cual le sentenciaron en definitiva

á.

que saliese en el auto en forma de penitente, en

abjuración

de levi,

á que se le diesen doscientos

azotes por las calles públicas, y

á.

que sirviese en

las galeras por cuatro años, al remo y sin suel–

do.2

Por análogo delito fué encausado en Valdivia

Juan de Urízar Carrillo, natural de la villa de Bu–

día en la Mancha, que siendo casado en Guaman–

ga, se matrimonió nuevamente en aquella ciudad .

<<Asimismo testificó al reo un testigo ante el

Obispo de Santiago de que con ocasión de que la

justicia anclaba en su busca por cierto delito que

había cometido, había dicho que pues no le deja–

ban ir abajo ni arriba y tanto le perseguian, que

estaba por irse con los luteranos ,

y

que había de ir

matando españoles

y

indios los quo topase, por dar

causa

á.

que lo ahorcasen luego; y diciéndole cier–

ta persona, que era el testigo, que se encomendase

á Dios

y

no hablase con tanta pasión, que podría

ser que aquellas persecuciones que le venían, po–

dría ser que fuesen para más descanso de su áni–

ma,

y

que

encomendándose~

Nuestro Señor, él le

haría merced, el reo había respondido á esto : «pese

á tal, nunca me las ha hecho hasta ahora

y

hacér–

melas ha adelante?)) El Obispo remitió este dicho

al Comisario y él examinó al testigo más en forma

y dijo lo propio; y otro testigo dice que dijo el reo

2 «En estas partes sería muy á propósito que cumplidos éstos con

las penas de las sentencias, se les mandase ir á Espaila y que se pre–

sentasen ante la Inquisición

ó

juez eclesiástico ele su tierra, porque

se quedan por acá ésto·,

y

ellos y sus mujeres viven en mal estado ,

y

será bien se provea á este inconveniente.»

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