306
INQUISICIÓN DE CHILE
Por consejos de Pérez, fuese el airado Troyano
á
denunciarse ante el Comisario Calderón, pidién–
dole que tuviese con él misericordia. El delegado
del Tribunal procedió inmediatamente contra él,
y
remitida la información
ú
Lima, le ordenaron los
jueces que le P.rendiese en la cárcel pública y le
tuviese con prisiones hasta tanto que se ratifica–
ban los testigos. Hechas todas las diligencias, sen–
tenciaron los Inquisidores que 'l'royano oyese una
misa rezada en día de fiesta, con mordaza
y
en
cuerpo y soga, en forma de penitente, en presen–
cia del Comisario y notario,
y
que abjurase
de levi
en presencia de los
~ismos,
y
que~
otro día fuese
traído á la Yergüenza por las calles públicas de
Santiago, con mordaza y soga, y que se ejecutase
así, no obstante cualquiera apelación que el reo
interpusiese.l7
Juan de Barros, muchacho de dieziséis años, na–
tural de Santiago, se denunció ante el Comisario
ele haber dicho que no era pecado mortal candar
con mujeres.n Mandado prender por el Inquisidor
Gutiérrez de Ulloa, fué enviado á Lima con fianza
de cárcel segura
y
sentenciado allí á que abjurase
de levi,
á que oyese una misa rezada en forma de
17 uLa sentencia se pronunció en esta razón en el Tribunal en
<1.
de Junio de
1581,
dice Ruíz de Prado . Está firmada de sólo el In–
quisidor Ulloa y no del Ordinario. Invióse la sentencia al dicho co–
misario para que la notificase al reo, y cuando la recibió era ya
muerto. Lo que hay que advertir en este negocio es lo propio que
está advertido en
él
de don Leonardo de Valderrama, tesorero de
Quito, y en el de Juan de Lira; y mis se advierte, que por carta de
los señores del Consejo de la Santa General Inquisición de 18 de Ju–
nio de 1579, se manda que los blasfemos no abjuren
ele levi,
porc¡ue
en este delito no hay abjuración . . ."