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CAP, XII-NUEVOS PROCESOS

307

penitente,

á

doscientos pesos de multa para gastos

del Santo Oficio

y

en destierro de Santiago por

tiempo de un año .l8

18 La causa se votó en 4 de F ebrero ele 1587. "Este negocio, dice

Ruíz ele Prado, no era de prisión, atento

á

que se denunció el reo,

y

ser, como era, muchacho ele dieziseis af1os cuando dijo las dichas

palabras.»