CAP, XII-NUEVOS PROCESOS
307
penitente,
á
doscientos pesos de multa para gastos
del Santo Oficio
y
en destierro de Santiago por
tiempo de un año .l8
18 La causa se votó en 4 de F ebrero ele 1587. "Este negocio, dice
Ruíz ele Prado, no era de prisión, atento
á
que se denunció el reo,
y
ser, como era, muchacho ele dieziseis af1os cuando dijo las dichas
palabras.»