Previous Page  239 / 462 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 239 / 462 Next Page
Page Background

224

INQUISICI6N DE €HILE

las instrucciones la conveniencia de secuestrar

los bienes de las personas que se prendían, el Con–

sejo dispuso, con fecha 21 de Octubre de 1635,

que en siendo alguna llevada á la cárcel, se le to–

mase ,declaración sobre la hacienda que tenía, for–

mando juntamente información sobre ella y proce–

diendo á la vez á las demás diligencias necesarias

para su averiguación, eil¡tre las cuales sabemos ya

cuán buen efecto surtía la de los edictos que se

leían en las Iglesias y se fijaban por carteles, con–

minando con censuras y las penas del Santo ·Oficio

á los que no se presentasen á denunciar los bienes

de los procesados. «Cosa es que inviolablemente

se observa en esta Inquis"ición, decían los jueces á

este respecto, y en respuesta á la orden indicada,

tomarles declaración de

1

sus haciendas, luego que

se prenden, porque si en alguna parte conviene)

es en ésta, donde cuanto poseen estos hombres (re–

firiéndose especialmente á los mercaderes) es mue–

ble, y tienen algunas raíces tan acensuadas que

sólo les sirve de capa para sus engaños, porque

con decir que tienen tal y tal posesión, persuaden

á los miserables que contraten con ellos sus gran–

des riquezas y caudales, siendo -todo trampa y em–

buste, y la hacienda la tienen siempre en confian–

za, esperando poner en todo caso la mejor y mayor

parte della en salvo

1

con que son los secrestos rui–

dosos y de poca entidad. De estos ocultantes te–

nemos algunos presos en la cárcel pública, que

tenazmente niegan.»l7

En carta acordada de 22 de Octubre de 1635 se

mandó también que no se entregasen bienes al-

17

Carta de 15 de Mayo de 1631.