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LA lNQUISICIÓN

Tal era la situación del oidor cuando en una causa

de homicidio, el hechor declaró que el Legazpi

y

su

hijo le habían aconsejado que matase á aquel hom:–

bre. El gobernador, mal afecto á Legazpi, procedió

contra é1,

y

éste, pareciendo ante el comisaFio, enta–

bló querella de competencia, que aquél tomó tan á.

pechos que el Tribunal hubo de ordenarle q,ve cesa–

se la mano en el asunto.

1

Y tanto iban aumentando los excesos de los dele:–

gados inquisitoriales que el gobernador D. Sebas–

tián Hurtado de Corouera se creyó en el caso de

-dirigirse al Tribunal ponderando los grandes incon–

venientes que se seguían de que los _frailes fuesen

comisarios, «por lo mal que se aprovechan de la

merced de la lnquisición en aquellas islas

y

los al–

borotos que causan con capa de ella, y que este ofi–

Dio le usará un clérigo con más prudencia

y

mode–

ración de La mano del Santo Oficio,

y

con esto se

conservaría la paz en la república y se excusarían

los muchos escándalos que han causado los religio–

SGS

de Santo Domingo en ella)) .

2

Y razón sobrada tenía sÚ1 duda el gobernador, pues

remitido el caso en consulta al Conseja, éste aceptó

de lleno sus indicaciones.3 .Ya veremos, sin em–

bargo, que en la pl'á.ctica no se dió curnplimiento á

e:.;La resolución.

Otro asunto que después vino á preocupar al Tri–

lmnal casi tanto como Jos relativos

á

los solicitantes

y

á los extranjeros, y derivado como aquello de lo

1.

Ca1·ta de post1·ero de Jtt7Jio de

I636.

2.

Carta citada de ]DOStrero de Junio de I636.

3.

Acuerdo de

17

de Junio de

1638.