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LA
IKQUISICIÓ~
mi sa ciertos días de precepto,
y
que algunos afios no
cumplió con la Igle ia,
y,
á la vez, rindiendo una in–
formación de diczinueve puntos en abono de super–
sona v cond ucta.
Pot: fin, en
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de Agosto de aquel ailo se dictaba
sentencia, condenándole á oírla dentro de la sala del
Tribun al, á puerta cerrada, en presencia de los con–
sultores y secretarios, en abjuración
de leoi
por la
sospecha que contra él resultaba,
y
en tres meses
de reclu sión en el colegio de San Pablo de la Com–
pañí a de Jesús, para qne fu ese bien instruido en
la doctrina cri liana,
y
en otras penitencias espi–
rituales, con cargo de dar e cuen ta de todo al Con–
sejo. } ué absuelto
ad caatelam
ele las censuras en
que pudiera haber in currido.
Un año más tarde obtenía permiso para regresar
á
Filipinas, previniéndose al com í ario que celase
su conducta. Cná l fuese ésta alguno
ai"tos más tar–
de, Jo escribí an los Inqui . icl ores al Consejo. «Desde
que recibió la sentencia, nos da cuen ta el comí. ario,
decían, no solamente ha dado sati ·facc ión
á
ella, sinó
qne continúa la frecuencia de los saci'amentos -anual–
mente, qne es muy otro ele lo que era antes, que se le
nota mucha mocle tia , piedad
y
compostura, así en
accione como en palabras; lo qne ponemos, agre–
gaban, en noticia de V. A. para que lo tenga. presente
en la vista de su cau a:» la que, así, cinco aitos más
tarde, aún no se daba por éoncluída.
1
Pero, qué decimos! en realidad , sólo en 7 ele Ma–
yo de 1772, mandó el Consejo suspender el proceso, no
1.
Carta de 3 de Febrero de 17S8.