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LA

IKQUISICIÓ~

mi sa ciertos días de precepto,

y

que algunos afios no

cumplió con la Igle ia,

y,

á la vez, rindiendo una in–

formación de diczinueve puntos en abono de super–

sona v cond ucta.

Pot: fin, en

8

de Agosto de aquel ailo se dictaba

sentencia, condenándole á oírla dentro de la sala del

Tribun al, á puerta cerrada, en presencia de los con–

sultores y secretarios, en abjuración

de leoi

por la

sospecha que contra él resultaba,

y

en tres meses

de reclu sión en el colegio de San Pablo de la Com–

pañí a de Jesús, para qne fu ese bien instruido en

la doctrina cri liana,

y

en otras penitencias espi–

rituales, con cargo de dar e cuen ta de todo al Con–

sejo. } ué absuelto

ad caatelam

ele las censuras en

que pudiera haber in currido.

Un año más tarde obtenía permiso para regresar

á

Filipinas, previniéndose al com í ario que celase

su conducta. Cná l fuese ésta alguno

ai"tos más tar–

de, Jo escribí an los Inqui . icl ores al Consejo. «Desde

que recibió la sentencia, nos da cuen ta el comí. ario,

decían, no solamente ha dado sati ·facc ión

á

ella, sinó

qne continúa la frecuencia de los saci'amentos -anual–

mente, qne es muy otro ele lo que era antes, que se le

nota mucha mocle tia , piedad

y

compostura, así en

accione como en palabras; lo qne ponemos, agre–

gaban, en noticia de V. A. para que lo tenga. presente

en la vista de su cau a:» la que, así, cinco aitos más

tarde, aún no se daba por éoncluída.

1

Pero, qué decimos! en realidad , sólo en 7 ele Ma–

yo de 1772, mandó el Consejo suspender el proceso, no

1.

Carta de 3 de Febrero de 17S8.