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DOCUMENTOS

CXXIX

man las censuras de los obispos metropolitanos

y

del

derecho, como verá V. S. por un parecer dado por

ellos al gobernador de esta provincia, á fin

y

con

título de que no tema las en qu·e está incurso por ac–

ciones hechas.contra mi persona

y

dignidad episco–

pal

y

libertad eclesiástica expresas en derecho, tor–

ciéndole tanto á su propósito

y

dañada intención

cuanto por él se verá;

y

ha crecido tanto su poder

y

el de sus pareceres que, estando, corno estoy, ampa–

rado en mi obispado

y

jurisdicción por el juez me–

tropolitano

y

Real Audiencia de este distrito, ni sus

censuras ni las mías se obedecen ni observan, antes

con ludibrio y afronta de la Iglesia, tienen hecha

catedral la de su colegio de esta ciudad con dos pre–

bendados excomulgados, suspensos

y

privados de

sus prebenda.s, que están usando de jurisdicción de

sede vacante en vida mía, estando condenados por

dichos teibunales en las censmas y penas referidas.

Y lo que es más de sentir, Femando Sánchez del

Valle, comisario de ese Santo Teibuna.l, que es uno

de los dos dichos peebendados, usa de la jurisdicción

de ese Sancto Oficio, estando, como está, declarado

y

fijado por el juez metropolitano y por mi, ,habiendo

más de dos aüos que lo está, porque debe ser habido

por sospechoso en la fe, conformo al santo Concilio

de Trento, por insordecente en las censuras más de

año.

Además de lo cual, por'lo que me toca por razón

de obispo, aviso á V. S. que el susodicho es un hom–

bre incapaz é inhábil, por ser idiota é ignorante}

y

hombre de mala vida

y

costumbres, que por tal lo

destierro de este obispado;

y

si otras relaciones se

han hecho á V. S ., no esté á ellas sinó á la mía, que

es la verdadera, y que sin pasión informo ele la ver-