DOCUMENTOS
CXXIX
man las censuras de los obispos metropolitanos
y
del
derecho, como verá V. S. por un parecer dado por
ellos al gobernador de esta provincia, á fin
y
con
título de que no tema las en qu·e está incurso por ac–
ciones hechas.contra mi persona
y
dignidad episco–
pal
y
libertad eclesiástica expresas en derecho, tor–
ciéndole tanto á su propósito
y
dañada intención
cuanto por él se verá;
y
ha crecido tanto su poder
y
el de sus pareceres que, estando, corno estoy, ampa–
rado en mi obispado
y
jurisdicción por el juez me–
tropolitano
y
Real Audiencia de este distrito, ni sus
censuras ni las mías se obedecen ni observan, antes
con ludibrio y afronta de la Iglesia, tienen hecha
catedral la de su colegio de esta ciudad con dos pre–
bendados excomulgados, suspensos
y
privados de
sus prebenda.s, que están usando de jurisdicción de
sede vacante en vida mía, estando condenados por
dichos teibunales en las censmas y penas referidas.
Y lo que es más de sentir, Femando Sánchez del
Valle, comisario de ese Santo Teibuna.l, que es uno
de los dos dichos peebendados, usa de la jurisdicción
de ese Sancto Oficio, estando, como está, declarado
y
fijado por el juez metropolitano y por mi, ,habiendo
más de dos aüos que lo está, porque debe ser habido
por sospechoso en la fe, conformo al santo Concilio
de Trento, por insordecente en las censuras más de
año.
Además de lo cual, por'lo que me toca por razón
de obispo, aviso á V. S. que el susodicho es un hom–
bre incapaz é inhábil, por ser idiota é ignorante}
y
hombre de mala vida
y
costumbres, que por tal lo
destierro de este obispado;
y
si otras relaciones se
han hecho á V. S ., no esté á ellas sinó á la mía, que
es la verdadera, y que sin pasión informo ele la ver-