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DOCUMENTOS

LIX

á los pies sanctisimos del Sumo

Ponti~ce

máximo

romano

y

le dé cuenta de cómo hizo

y

publicó

lo

tocante á las dichas informaciones: lo cual le man–

daba é mandó al dicho Gobernador como delegado

a latere

en esta causa particular, so pena de exco–

munión mayor

latce sentencice una pro trina canoni–

ca monitione premissa,

y de diez mill pesos de oro,

aplicados á la cámara apostólica;

y

porque los suso–

dichos han incurrido en muchas descomuniones,

los declaraba

y

declaró por púl.Jlicos descomulgados

y

de parLicipantes anatematizados, malditos do Dios

y

de

SlJ.

Iglesia; y porque en este proceso hay, no una,

sinó muchas legitimas causas para poner entredicho

general

y

cesación

a divinis

en este su obispado,

aunque ha visto en la gente dél, fuera ele los suso–

dichos, mucha humildad, amor grande, obediencia

y

temor cristiano

á

las cosas de Dios

y

de la sancta

Iglesia, dijo que dentro de diez días que. Su Señoría

saliere de la ciudad de Nnestra Señora de Talavera,

ponía é puso entredicho general y cesación

a divinis

en todo su obispado, hasta tanto que los susodichos

salgan dél,

y

si comenzaren

á

seguir su camino

y

vol vieren

á

esta dicha ciudad ó á cualquier pueblo

de su obispado, que ele nuevo ponía é tornaba

á

po–

ner el dicho entredicho general

y

cesación

a divinis

en todo su obispado,

y

segunda vez declaraba

y

de–

claró

á

los susodichos por .Públicos descomulgados

y

de participantes, y tercera vez ansí los pronuncia–

ba

é

declaraba,

é

mandaba y mandó, como juez con–

sen·ador por una parle,

y

como obispo y delegado

a latere

por otra,

á

los prelados ele las religiones de

todo este su obispado que en sus monasterios guar–

dell

y

cumplan el dicho entredicho general

y

ce a–

ción

a divinis,

so pena que los declaraba

y

declaró