DOCUMENTOS
LIX
á los pies sanctisimos del Sumo
Ponti~ce
máximo
romano
y
le dé cuenta de cómo hizo
y
publicó
lo
tocante á las dichas informaciones: lo cual le man–
daba é mandó al dicho Gobernador como delegado
a latere
en esta causa particular, so pena de exco–
munión mayor
latce sentencice una pro trina canoni–
ca monitione premissa,
y de diez mill pesos de oro,
aplicados á la cámara apostólica;
y
porque los suso–
dichos han incurrido en muchas descomuniones,
los declaraba
y
declaró por púl.Jlicos descomulgados
y
de parLicipantes anatematizados, malditos do Dios
y
de
SlJ.
Iglesia; y porque en este proceso hay, no una,
sinó muchas legitimas causas para poner entredicho
general
y
cesación
a divinis
en este su obispado,
aunque ha visto en la gente dél, fuera ele los suso–
dichos, mucha humildad, amor grande, obediencia
y
temor cristiano
á
las cosas de Dios
y
de la sancta
Iglesia, dijo que dentro de diez días que. Su Señoría
saliere de la ciudad de Nnestra Señora de Talavera,
ponía é puso entredicho general y cesación
a divinis
en todo su obispado, hasta tanto que los susodichos
salgan dél,
y
si comenzaren
á
seguir su camino
y
vol vieren
á
esta dicha ciudad ó á cualquier pueblo
de su obispado, que ele nuevo ponía é tornaba
á
po–
ner el dicho entredicho general
y
cesación
a divinis
en todo su obispado,
y
segunda vez declaraba
y
de–
claró
á
los susodichos por .Públicos descomulgados
y
de participantes, y tercera vez ansí los pronuncia–
ba
é
declaraba,
é
mandaba y mandó, como juez con–
sen·ador por una parle,
y
como obispo y delegado
a latere
por otra,
á
los prelados ele las religiones de
todo este su obispado que en sus monasterios guar–
dell
y
cumplan el dicho entredicho general
y
ce a–
ción
a divinis,
so pena que los declaraba
y
declaró