152
. LA INQUISICIÓN .
<<En ninguna manera se entrometa en dar licencia
á que se embarquen personas en ese puerto, ni se
desembarquen, ora sean portugueses, ora castella–
nos, ni de otra cualquiera nación, ni en prohib_ir que
entren en estos reinos ni salgan dellos, porque no
toca á su oficio, si no es ·en· el caso que la instruc–
ción habla de notoria herejía; y estando probado y
constando por información se quiere huir la tal per–
sona, como se d.ice en la instrucción, aunque vayan
en hábito de frailes ó legos, si no hubieren cometido
delicto cuyo conocimiento nos pertenezca, que en tal
caso -hará la información y nos la enviará, sin pro–
ceder á otra
1
cosa, excepto en el caso arriba dicho.>>
1
Alsolviendo una consulta hecha por el comisario
respecto á la llegad
á
al puerto de cierto barchi Ión con
caracteres sospechosos, le prevenía en esa misma
ocasión:
«En lo que toca á las imágenes, cruces
y
reliquias
que el barchilón trajo, el Ordinario pudiera haber
hecho información sobre .si eran verdaderos los re–
caudos que traía, y darte licencia para repartirlos,
si eran verdaderos, y castigarle en caso contrario;>)
picl+e.ndo que averiguase quien era ese barchilón, su
manera de vivir, de dónde era natural, si era cristia-: ·
no viejo, «y qué razón da dellas
y
.las medallas con
la figura. de -Moisés Y-doce tribus.>>
2
Si tanto temían la circuJación · de , medallas cuya:
estampa no parecía del todo ajustada á la fe, es -fácil
calcü-l'ar el-sobresalto que lEiS·produc"iría la introduc–
ción de libros prohibidos, que comenzaba á verifi–
carse de una manera clandestina por naves flamen–
ca~
y portuguesas.
1.
Carta ·del Tribunal al Comisario, de 3r de Agosto de
16o7.
2.
Carta citada de 3I de Agosto de
16o7.
·