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. LA INQUISICIÓN .

<<En ninguna manera se entrometa en dar licencia

á que se embarquen personas en ese puerto, ni se

desembarquen, ora sean portugueses, ora castella–

nos, ni de otra cualquiera nación, ni en prohib_ir que

entren en estos reinos ni salgan dellos, porque no

toca á su oficio, si no es ·en· el caso que la instruc–

ción habla de notoria herejía; y estando probado y

constando por información se quiere huir la tal per–

sona, como se d.ice en la instrucción, aunque vayan

en hábito de frailes ó legos, si no hubieren cometido

delicto cuyo conocimiento nos pertenezca, que en tal

caso -hará la información y nos la enviará, sin pro–

ceder á otra

1

cosa, excepto en el caso arriba dicho.>>

1

Alsolviendo una consulta hecha por el comisario

respecto á la llegad

á

al puerto de cierto barchi Ión con

caracteres sospechosos, le prevenía en esa misma

ocasión:

«En lo que toca á las imágenes, cruces

y

reliquias

que el barchilón trajo, el Ordinario pudiera haber

hecho información sobre .si eran verdaderos los re–

caudos que traía, y darte licencia para repartirlos,

si eran verdaderos, y castigarle en caso contrario;>)

picl+e.ndo que averiguase quien era ese barchilón, su

manera de vivir, de dónde era natural, si era cristia-: ·

no viejo, «y qué razón da dellas

y

.las medallas con

la figura. de -Moisés Y-doce tribus.>>

2

Si tanto temían la circuJación · de , medallas cuya:

estampa no parecía del todo ajustada á la fe, es -fácil

calcü-l'ar el-sobresalto que lEiS·produc"iría la introduc–

ción de libros prohibidos, que comenzaba á verifi–

carse de una manera clandestina por naves flamen–

ca~

y portuguesas.

1.

Carta ·del Tribunal al Comisario, de 3r de Agosto de

16o7.

2.

Carta citada de 3I de Agosto de

16o7.

·