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LA INQUISICIÓN
El proceso que el Santo Oficio había formado á
aquel viejo soldado y buen servidor del Rey, d_uró,
pues, cerca de cinco años. Privado en definitiva del
gobierno de Tucumán, Aguirre se retiró, ya para
siempre .desengañado; viejo, achacoso y sin paga, á
la ciudad de la Serena que había fundado. En eso
entonces había perdido· á tres de sus cuatro hijos
varones, un yerno, un hermano y tres sobrinos,
muertos todos en servicio del Rey; y al parecer, des–
pués de haber gastado en el real servicio más de
trescientos mil duros, según decía, hallába::;e con
tanta necesidad y deuda-s que «no podía parecer an–
te S. M. á pedir merced y gratificación de sus mu–
chos servicios y gastos.)>
Háse de saber con qué ocasión los pagó, pues en su sentencia no
consta que hobiese habido esta condenación.))
En el expediente de visita del mismo Ruiz de Prado, se-encuen–
tra bajo el número 35 el siguiente cargo:-«Item, se hace cargo al
dicho inquisidor .
U!
loa que habiendo traído preso por el Santo
Oficio Pedro de Arana á F-rancisco de Aguirre, gobernador de Tucu–
mán,
y
para su guarda
y
custojia á un Agustín Pérez, residente en
aquella provincia;
y
por lo que en esto se ocupó el dicho inquisi–
dor
y
su colega le mandaron pagar cient pesos de nueve reales, los
que los libraron en el receptor deste Santo Oficio
y
él los
pa.góde
los maravedis d$ su cargo pertenecientes á la:' Inquisición, que, te–
niendo, como tenia el dicho Francisco de Aguirre hacienda de don–
de pagar las costas que con él se hicieron, se hablan de pagar de–
ita los dichos cient pesos
y
no de la del Santo Oficio, como se hizo,
y
en que está defraudado por culpa de dicho.s inquisidores.»
Respondiendo dijo Gutiérrez de Ulloa:-«Este cargo se dejara de
hacer si se advirtiera que el dicho Fra6cisco de Aguirre fué penado
en mucha mayor suma, la cual cobró el receptor, en la cual se in–
cluyen los dichos cient pesos, y el mandarlos pagar al dicho recep–
tor fué forzoso, pues entonces no se podían pagar de otra parte ni
mandallo al dicho Francisco de Aguirre, siendo en el principio de
su negocio.»
En la sentencia, por fin, se ordenó que
"á
estas causas que no
son de fe las comisiones se hagan de suerte que el fisco no sea de–
fraudado en su hacienda.»