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{)8

LA INQUISICIÓN

cosas que adivinan, para tenerlas siempre enreda–

das en este engaüo y aurnentar el crédüo de las de–

m<),s que las comunican, por lo cual Su Santidad,.

por vía de declaración y·extensión, tiene cometida:

el conocimiento y castigo des tos dichos casos, corno

· de los demás, al Santo Oficio de la Inquisición. Por

tanto, so las dichas censuras y penas, mandamos

á

todos los confesores, seculares y regulares, y á los

demás letrados y doctores, de cualquier facultad?

grado ó preeminencia que sean, que no absuelvan

á

ninguna de las personas que acerca de lo susodi–

cho esté

culpada~

ó no hubiere dicho y manifestado

en el Santo Oficio lo que dello supiere, hubiese vis–

to

ú

oído decir, ni fuera de la confesión se entreme–

tan á calificar

é

interpretar los dichos casos, so co–

lor de que no hay pacto con el demonio ni mezcla

de cosas sagradas, ni debajo de otro ningún titulo

ó

pretexto, antes remitan á todas las dichas personas

ante Nos, donde se verá y determinará la calidad y

circunstancia ele los dichos casos, para que l0s que·

fueren dignos de reprehensión ó castigo no queden

sin él.

'

«Por ende, por el tenor de la presente amonesta–

mos, exhortamos y requerirnos y en virtud de santa

obediencia y so pena de excomunión mayor

latce

8ententice, trina canonica monitione premis8a,

maih

damos

á.

todos y cualesquier ele vos que si supiére–

des ó hubiéredes hecho, visto ú 0ido decir que al–

guna persona haya hecho, dicho, tenido

ó

afirmadoc

algunas cosas de las arrióa dichas y declaradas,

ú ·

otra cúalquier que sea contra nuestra santa fe cató-·

lica y lo que tiene, predica

y

enseña nuestra sant;a