DOCUMENTOS
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XI
Carta del Ooispo de Cuba sobre el oficio de comisario de la In–
quisición en la Florida.
Ilustrísimo señor: ......... El portador de ésta es un o de los honra-
dos clérigos que tengo en este obispado, el cual en él ha sido visi–
ta~or
y provisor general mío, y por ser persona á quien Vuestra
Señoi·ía !lustrísima puede dar entero crédito, remitiéndome á él en
las cosas de por acá, de las cuales V. S. Ilma. quisiere tener noti–
cia: en ésta no digo más de que de parte de la Sancta Inquisición
de México se me dió noticia como S. M. mandaba qu e se pusiese en
la Habana comisario,
y
ansí fué nombrado el padre fray Francisco
Can·anco, de la Orden de Sant Francisco: ha pretendido el dicho
padre extenderse no sólo
á
la isla de Cuba, pero aún á la isla de
Ja maica
y á
estas provincias de la Florida, para Jo cual supliqué á
aquellos señores de México
y
al padre comisario se sirviesen de
que yo diese noticia del paño que por aquí h abía, dando á S. M.,
á
V. S. Ilma . y á ese Sancto Tribuna l entera relación, para que con–
forme á lo que hallase, determinase. Acá acertaremos
á
servir mejor,
y-ansisuplico
á
V. S. Ilma. la resciba para qu e con el ·portador sepa
yo el parescer d é V. S. Ilma. , porque la voz de la venida del padre
com isario me cogió fu era de la Habana, casi embarcado para venir
á estas provincias, y en ellas, después que aqu í llegué, he sabido
como el dicho padre comisario ha escr·ito puede ejercer aqu í su ofi–
cio, de que h an nacido algunas inquietudes en gente que a lcanza
poco
y
es amiga de novedades, cúal es la soldadesca de que esta
ciudad toda consta,, porq ue en estas provincias no hay más desta
ciudad de Sant Augustín, donde S.
l'vl.
manda tener trescientas pla–
zas de presidio, entrando en éstas religiosos y oficiales, que los de–
más son pueblos de indios, tan poco arraigados en la fee, que há
poco tiempo que gn unas dotrinas mataron cuatro ó cinco religio–
sos dotrineros; verdad sea que en este presidio hay también can–
tidad de mujeres y cria turas, por ser los más del dicho presidio
casados,
y
procurarse en esta tierra q ue se casen los que hu–
biesen de estar en ella, por ser puesto cerrado y de mucho trabajo
para los que aquí viven, porque sin esta obligación no se a treve
el Gobernador á in viar persona fuera de este puesto con especta–
tiva d e que pueda volver.
Y también doy
parte~
V. S. Ilma. de como se pretende por el
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