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EN CARTAGENA DE INDIAS

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tiempo llamase á Vélez, su delegado en Cartagena,

el que, abatido y

humillado~

hubo de

tomar, sin

perder momento, el camino de Madeid.

Y

una vez

allí, los consejeros de Indias fueron de opinión que

no v.alviese más á su destino, fundando en esto la

quietud y paz ele ·aquella provincia, que aseguraba

había es tado á punto de «perderse)) por causa de los

encuentros de ambos fun cionarios.

En consecuencia, en 2 ele abril ele 1637, dispuso

el Rey que, sin dilación ·Se Yiese en el Consejo de

Inquisición el parecer del de Indias, que por notable

incon secuencia, con cluía por pedir qu e se diese á

Vélez y \.rgos en España plaza equivalente á la que

tenía en Cartagena.

Los inquisidores rebati eron con todas sus fu erzas

el parecer de los consejeros do Indias, manifestando

que de los papeles acompañados á la co nsulta no

resultaba «culpa considerabl e>> contra su delegado;

que en muchos de los lances ocurridos en Car tage–

na el único culpable había sido el Gobernador;

que, en realid ad, el ll amado do Vélez

y

\.rgos impli–

fcaba para éste un verd adero cas tigo, aplicado sin

orma de juicio , y qu e, de promoverle á un o de los

Tribunales de Espaüa, caso do haber en ell os alg ún

puesto vacante, debía sor una vez que regresase á

Cartagena, para prohibirle lo cual no encontraban

razón ni causa bastante; «y pa ra adve rtencia del

Tribunal

y

S. M., concluían, basta lo que con él se

ha hecho, y de pasar aclelante sin más fund amento,

sólo :servirá ele intimidar los ánimos ele los demás

inquisidores y ministros del Santo Oficio en el pro–

greso

d~

su ejercicio y dar mo tivo

á

los gob rnaclo-