EN CARTAGENA DE INDIAS
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tiempo llamase á Vélez, su delegado en Cartagena,
el que, abatido y
humillado~
hubo de
tomar, sin
perder momento, el camino de Madeid.
Y
una vez
allí, los consejeros de Indias fueron de opinión que
no v.alviese más á su destino, fundando en esto la
quietud y paz ele ·aquella provincia, que aseguraba
había es tado á punto de «perderse)) por causa de los
encuentros de ambos fun cionarios.
En consecuencia, en 2 ele abril ele 1637, dispuso
el Rey que, sin dilación ·Se Yiese en el Consejo de
Inquisición el parecer del de Indias, que por notable
incon secuencia, con cluía por pedir qu e se diese á
Vélez y \.rgos en España plaza equivalente á la que
tenía en Cartagena.
Los inquisidores rebati eron con todas sus fu erzas
el parecer de los consejeros do Indias, manifestando
que de los papeles acompañados á la co nsulta no
resultaba «culpa considerabl e>> contra su delegado;
que en muchos de los lances ocurridos en Car tage–
na el único culpable había sido el Gobernador;
que, en realid ad, el ll amado do Vélez
y
\.rgos impli–
fcaba para éste un verd adero cas tigo, aplicado sin
orma de juicio , y qu e, de promoverle á un o de los
Tribunales de Espaüa, caso do haber en ell os alg ún
puesto vacante, debía sor una vez que regresase á
Cartagena, para prohibirle lo cual no encontraban
razón ni causa bastante; «y pa ra adve rtencia del
Tribunal
y
S. M., concluían, basta lo que con él se
ha hecho, y de pasar aclelante sin más fund amento,
sólo :servirá ele intimidar los ánimos ele los demás
inquisidores y ministros del Santo Oficio en el pro–
greso
d~
su ejercicio y dar mo tivo
á
los gob rnaclo-