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-185-

de la

nlisn1a

~1anera

en 30 de Julio de

1804.

Despues

le e

ste peeárr1bulo se espresa asi-"Los votos unáni–

Jn.es de ca

si todo el. univer:3o cristiano por el restable–

·:ci m.ieB.to

de

la

compañia de

J

ésus, nos traen continua–

m

ente súplicas vi vas

é

instantes de los

arzobi~pos,

obispos

y

de las persouas n1as distinguidas de todas

elases, desde que

la

fama ha llevado la abundancia de

frutos que producía esta sociedad. La dispersion de

las piedras del santuario

y

la destruccion de la disci–

plina de las órdenes reguLares, exijen que demos n ues–

tro asentimiento

á

deseos tan unaninleS

y

justos.

N

os

creeriantos culpables delante de Dios, si en medio de

las ut:jentes necesidades que sufren los negocios públi–

~os,

descuidasernos propol'cionar los auxil.ios que Dios

por su singular providencia puso en nuestras manos;

y

si colocados en la navecilla de Pedro, no admitiera–

n1os

á

los pilGtos robustos

y

esperin1entados que se nos

ofrecen, para romper la fuerza de las olas, que amena–

zan eontinuarnente sepultarnos en uu inevitable nau–

fragio.''

''Por tan

fuertes razones hemos resuelto ejecutar lo

·que deseabamos ardieuten1ente desde el principio de

nuestro pontificado. Despues de implorado el divino

auxilio,

y

reunidos los sufragios

y

consejos de varios

de nuestros venerables hennanos los cardenales, de

cierta ciencia,

y

en virtud de

la

plenitud del podel'

apostólico, ordenamos

y

establecen1os por esta irrevo–

cable

coustitucion; que )as facultades concedidas para

la

Rusia

y

las dos Sicilias sean estensivas á todos los

estados,

y

que los rrliembros de la compañia confor–

nlen su rnodo de vivir

á

la regla prescrita por San Ig–

Hacio

de

J_¡oyola, aprobada

y

confinnada por Pan

lo

III,

y

desde ahora recibi1nos las casas

y

n1ien1bros de

la 6rclen bajo de nuestra tutela

y

obediencia inn1edia–

ta.

Itecon1endan1os

á.

los príncipes

y

á

los arzobispos

y

obispos la compañia

J

esus

y

cada uno de sus nÜein–

hros,

y

les rogan1os que no pernütan que nadie los

inquiete. Queren1os que las prese11tes queden per–

petuanlente ±i.rn1es,

no

obstante las constituciones

apostólicas, especialmente las de Clen1ente

XIV,

de

feliz n1en1oria,, que dcrogan1os espresa

y

tern1inante-

111ente.

A

nadie

sea

líeito

&a. En

l~o1na

á

7

de

Agos~

t o de 1814.