Previous Page  34 / 106 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 34 / 106 Next Page
Page Background

- bo-

cedentes voluntarios de que se deducen. Esto mismo prueba

que Su Santidad se halla preocupado de su Ministro en quien

tiene librado su gobierno agoviado de los años y de sus acha–

ques.

La misma esperiencia desengañará

á

Su Santidad y tran–

quilizará su ánimo: lo que en el dia no se logrará con razones

por la grande influencia del cardenal Ministro, y del Nepote,

adictos á la Compañia. Entrar pues en discusiones, sobre que

producen encuentros, ningun efecto favorable produciría

á

este

negocio.

Insensiblemente el Breve prepara dos medios de defensa

á los jesuitas, fundando el uno en que el délito de pocos no

debe dañar á su orden en comun, y el otro se fija en lo inde–

fension por no haber sido oídos.

~n

el primero funda la revo–

cacion del decreto de extrañamiento, y en la indefension la

subsidaria de que se suspentia la ejecucion y admitan defensas,

comparando el decreto de Vuestra Magestad al del Rey Asuero

contra los israelistas.

Este es en resúmen toda la sustancia de] Breve Ponti·

ficio.

Cuando se discurre con generalidad de las materias y di·

simulan sus particulares ciscunstancias, no es dificil traerlas

al aspecto que se desea.

N

o así cuando sin prevencion se bus–

ca la verdad.

El admitir un orden regular, mantenerle en el reino

ó

ex..

pelerle de él es un acto providencial, y meramente de gobierno

porque ningún orden regular es indispensablemente necesario

en la iglesia al modo que lo es el clero secular de obispos y

párrocos, pues sí lo fuera lo habría estableúidu Jesucristo,

cabeza

y

fundador de la universal iglesia, antes como materia

variable de disciplina las ordenes regulares se suprimen como

las de templarios y claustrales en España,

ó

se reforman como

las de los calzados,

ó

vari11.n en sus constituciones que nada

tienen de comun con el dogma, ni con la moral, y se reducen

á

unos establecimientos píos con objeto de esta naLUraleza,

útiles miéntras los cumplen bien y perjudiciales cuando deje·

jeneran.

Si uno

ú

otro jesuita estuviese únicamente culpado en la

encadenada serie de bullicios

y

conspiraciones paRadas, no se•

l'ia j

ut-~to

ni legal el estrañamiento: no hu·biera habido una ge·

neral conformidad de votos para su expnhiion y ocupacion dEil

temporalidades y prohibicion de su restablecimiento. Bastaría

castigar los culpables como se está haciendo con los cómplices

~

se ha ido continuando por la autoridad ordinaria del Consejo.

Al Papa no mamfiest

a s

u ministerio la deprabacion de este

Guerpo

en España¡

ó

<J.Ué

sabremos

si

alguoos de aquel minis·