Previous Page  62 / 372 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 62 / 372 Next Page
Page Background

. '--'.

_ '--'._

}4

n

Con arreglo

á

eltas,"

y

á

Jás providenCÍ<!S que dará e) Con"'

sejo

á

todos los SLtbdelegados, despachará las mas prontas,

y

opor–

tunas órdenes para su cóbro , cóth:urriendo con su lla\fe á todos Ior

entregos que

Se

hagan en el D.!p6sito,

y

á

los pago5 que

se

execa-·

ten en virtud de libramientos

ó

aprobaciones def Consejo, rubri•

cando en

el

Libro Maestro las partídas ,

y

asientos correspondien.:..

tes.

Ili

Si

conviniere

que

los ref'eridos caudales

se

pongan en lat

Tesorerías de Exército, de su respeétiva demareacion, dará las

ór~

denes corresportdientes

á

este fin , remitiendo á Jos Tt:soreros de

Exército utl

formulario

del recibo

6

resguardo , que

deber~n

dár

á

los Subdelegados ó Depositarios particulares , por quienes se pre""

·sentará originaí al Tesorero general, para que disponga, que re..

~ogiendose

este por el Depositario general , se le hága

el

cargo de

su importe,

y

dé la correspondiente Carta de p.ago formal, con

la:

intetvencion del Contádor ,

y

vifto

bueno

del Tesorero general,

pa~

ta qu:!! cot1 este instrumento justifique su data el Subdelegado ; '

Depositario particular que hizo el entrego.

IV Siempre que cot1vet1ga Usár del caudal en el mistno destínc;

tlonde exfst·iere ,

lo

hará

el

Tesorero general en virtud de

créditos

del Depositario general , intervenidos por el Contador, los que _pre..

s~mados

cotl los recibos

á

su continuacíon , se darán igualmenté

las Cartas de págo á favor del que los haya satisfecho.

V

Quando el Tesorero general

haga

conducir de las Tesor·erÍáf

ae

Exércíto ,

6

por los Subdelegados

y

Depositarios particulares, el

caudal eiCbtente , dará las

órdene~

convenientes para que se exe–

.eute cot1

el

resguardo '·

~egutídad,

y

rnenos dispe11dio , q_ue se acos-

tultlbra con los de la Ré"al Haciend:t.

· VI Aunque pó-r ahora se determitla el nrtmeró de lndividuos·

y

D-ependientes de

la

Tesoreda general , que respeétivamente deben

se:rvir en esta Comision , siempre que por las-succesivas

ocnrrer1~

c~as

sea necesario el aut11ento de alguno,

ó

ocurra alguna vacalite,

propondrá al Cortsejo

el

Tesorero general

lo

que tenga por conve':"

nieme , en

u11o ,

ú

otro caso ,

para

que se dígne aprobarlo.

.

VII iiempte que en

lét

práética

y

desémpeño de está Comislon,

~urr~

algun nuevo motivo ,

tlO

prevenido en estél . Instruccion

1

'lo

h~u-á

presente el TeSorclr& general al Consejó' para qüe

acuerd~

Ja

regla que deberá seguirse'; gobetna:rrdose , en todo quanto

s~~

ádáptable ,

pot

lá~

qüe

est~ti

estableddas ,

y

se observad-

en

la

Te.;¡

sereiía

génétal

~para

s1.1

mejot

cü~nta· y· ra>¿oTi~

-

l

lof