5Z .
aé.Aragon, de .las do5 S!cilias; de Jerusalén, de Navarra, de Gra–
·ilada;
qe
Toledo,. de Valencia ,-de
GalL::ia,
de l\Iallorca, de Sevi–
lla~
de .
Cerdeña
?
de
C~rdoba,
de._Córcega , de
JVbrcia ,
de
Jaén,
ilé'
l'os'
Algarbes, de
A!gecira
~
de Gibralt:u, de
las
Islas
d~ Cana~
rías, de las Indias Orientales , y Occidentales , Islas , y· Tierra–
Firme
del Mar Occeano,
Are_hid~qtfe
de Austria, Duque de &r–
·goña , de Brabante,
y
de Milan , Conde de Al:>:;purg , de Flandes,,
Tir_c:.l ,
y
Barcelona : Señ9r
d~.
ViLlcaya ,
y
~e
Molina , &c.·.
A
\10!l.
los Jueces Subdelegados ,
qu~ _por
especial delegacion del Conde·
.de
Aran
da ·, Presidente de. nuestro Consejo ,
en~endt.!is
en estos Do–
minios de España ,
y
en los de las Indias ,
Islas
Filipin:-ts , y
de–
más adjacel'ltes, en lasdH1gentias
respeB:iva~ . á
d
esirañam!ento../y
ocupacion de temporalidades, de los Regulares :. de la
~ompañia'
en
cu!T!plimien~o
del Real. Decreto, expedido por,·nuestra.Real.Per:
son~
, en veinte y siete
~e
..Febt:_eró ·próximo ,pasado?·. á .consulta
rle nuestro Consejo Real de V5!inte y mieve. de Enero a.ntec.edeme;
en
~1
Extraordinario
qu~
s,e c;el.ebra
c~n
!,llotivo · de las: ocurrencias.
pasadas , y demás personas .
á,~q~ienes
lo .contenido en esta nuesmi
Carta toque ,
.ó
tocar
pued~
.en
q~alquier ma~era,
salud y
gracia.·~
SABEP , que siendo forzoso reducir todos los
~audales
de la Com-'
pañia , del nombre de Jesus ,
!L.
un
}J.ep6Jito ..
general
y
seguro, si[l
crear para ello Tesorería , ni exponerles á contingencias ,
se
consh
deró con vista de lo expuesto por nuestro Fiscal Don Pedro Rodri-;
guez Campománés ,'que esr"o:se evitaba, .poniéndose á.l cargo deL·
Teso~ero
general ,
y
des~inand,~- és~~ In~ividuos.
de ,la Tesorería,
·Y:
Pieza donde colocar _lo,s
Ca~~ill~$.
, ,
~"?.rezando
por los
existerít~s;.
y
que se- iban .recontahdo en las
'Cas'li~
de·. esta Villa ,
á
cuyo efeétO:
se
h~~l·a~
·prévenido
~L ·~esb_r~ro.~, gene;,~I~-'~~0.~.
Cosme
Bérm~dez.'
,
''~ei(,\
·
~e,;(2.a:s.~~p'
p,?r .
n~
~st.rQ,~QJ?tE!mE.~de~t~
gen,er;J-1
d~
la Real,
H~\:te?"7
-da , y se mbo por convemente se
p,u~tese
de
acp~td-o
con
eJ
~1
Fts.-
~al, y'for~a~izas~ l~s- ~nstr~mén"t?~ ;~: :Y'S!~.ias
·
?póit1f~as ~ .qu~
..·
se
presentasen sm perd1da de· tiempo.
-a~
.C't)nsejo, Eara que :baxo de
su.
aprobacion , y correccion , se
~omunicasen
á los Juecés Comisiona-:
dos ; pues de esta suerte se
ad~lant~da t~p grand~
obra con aétivi–
llad en todo el Reyno , reembo1Sáñ'do:5e H1 'Real
Racief.ldt~
de
los
considerai?Jcs desembolsos qu,e estaba bac:iendo ,
par~· l,~
conducion,
flete, y ·transporte de los
Regu~ares
delaCánipaqia
ál
Esta4o
P9n~ ~
tifici~Y
;"teniendo tambien
la
Tesorería facilidad
de
reca~.tdar
en
las
Provincias los produétos·succes1vos·;
y
ex;stencias
de
I¡~s
Casas
que
fueron
de
la
Compañia ,
con
~u
y
poco
dispendio,
y
sin
~ár l,u~~r :
, ,,. . ..
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