33
Dominios, habiendose publicado en Consejo pleno
est~
dia el
Rea~
Decreto
de
veinte y siete de Marzo, que contiene la anterior
Re~
·
solucion, que se mandó guardar y cumplir, segun y como en·él
se expresa , fue acordado expedir la pre.sente en fuerza de Ley
y
Pragmática Sancion, como si fuese hecha y promulgada en Cones,
pues quiero se esté, y pase por d.la, sin contravenida en manera
alguna ; para lo qual, siendo necesario , derogo
y
anulo todas h.s
cosas que sean , ó ser puedan contrarias
á
esta: Por la qual encar–
go
á
lGs muy Reverendos Arzobispos, Obispos, Superiores de todas
la~
Ordenes Regulares , Mendi.:antes , y Monacales , Visitadores,
Pr.ovisores, Vicarios, y demás 'Prelados , y Jueces Eclesiásticos de
estos mi
R
eynos, observen la expresada Ley, y Pragmática, como
en ella se ontiene , sin permitir, que con niogun pretexto se con–
travenga en manera alg,una á quanto en ella se ordena:
Y
mán1o
á
los del mi Consejo , Presidente, y Oidores , Alcaldes de mi Casa,
y
Corte, y de mis Audiencias ,
y
Chancillerías , Asistente, Gober–
nadores , Alcaldes mayores y ordinarios , y demás Jueces y Justi,..
cías de todos mis ·Do;ninios guarden, cumplan y executen la cita–
da.Ley , y Pragmática Sane ion, y la h:tg1n guarJ.ar ,
IY
observar
e_n
todo y por todo '· dando para ello las providencias que se re- '
quieran, sin que sea necesaria otra
declar~cion
alguna mas que,
es~
ta , que ha de tener su puntual execucion desdé el día que se pu–
blique en Madrid , y en las Ciudades , Villas, y Lugares de estos ·
mis
Reynos, en la forma acostumbrada ; por convenir .as[
á
mi
Real servicio, tranquilidad, bien ,
y
utilidad de Ja causa pública.
de
mis Vasallos. Que así es mi voluntad , y que al traslado im–
preso de esta mi Carta, firmado de
Don Ignacio Esteban de Higare-:–
da
,
mi Escribano de Cámara mas anriguo , y de Gobierno de
mi
Cons~jo,
se
le
dé la misma
fé
y credit_o que á su original. Dada
en
el
Pardo
á
rlos de Abril de
mil
setecientos
y
sesenta
y
siete años.
YO EL
REY. Yo
Don J-oseph Ignacio de Goyeneche,
Secretario del
Rey nuestro Señor , le hice .escribir por su mandado.
=::
El .Conde
de Aranda.
:::::
O.
Francisco Zepeda.
:::::
Don J-acinto de
Tudó.
:::::
D.
Fr4nct'scq de
Salazar
y
Aguero.
::::
D.
Joseph Manuel Dominguez.
:::
Registrada.
=
Don Nicolás Berdugo
,
Teniente .de Cancillér
ma–
yor.
:=
Don
Nicolás Berdugo.
,
PUBLICACION.
en
la
Villa
d~
Madrid
á dos días
del
mes
d
·S
.. sete•
--cíen" -