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y
á
todos los Corregidores ,
é
Intendentes , Asistente , Goberna-
dqres , Alcaldes mayores,
y
ordinarios,
y
otros qualesquier Jue–
ces ,
y
Justicias de estos mis Reynos , así de R ealengo, como los
· de Señorío , Abadengo ,
y
Ordenes , de qualquier estado , condi–
cion , caliaad
y
preeminencia que sean , así á los que ahora 5on,
como
á
los que serán de aquí adelante,
y
á
ca9a uno,
y
qualquie...
r a de · vos : SABED; que habiéndome conformado con el parecer
de los de mi Consejo Real en el Extraordidario que se celebra con
motivo de las resultas de las ocurrencias pasadas, en consul ta de
veinte
y
nueve de Enero pró ximo ,
y
de
lo
que sobre ella , convi–
niendo en el mismo diétámen, me han expuesto personas del mas
-elevado caratter,
y
acredi tada experiencia : estimulado de gravísi–
rnas causas , relativas
á
la obligacion en que me hállo constituído,
de mantener en subonlinac ion , tranquüidad ,
y
justicia mis
Pue~
blos ,
y
otras urgentes, j ustas
y
tlecesarias , que reservo en mi
R eal ánimo: usando de la suprema autoridad económica,, que
d
Todo-Poderoso ha depositado en mis manos para la proteccion de
mis Vasallos , y respeto de mi Corona: Hé venido en mandar es–
trañar de todos mis Dominios de España ,
é
~slas
Filipinas ,
y
de.:.
m~s
adj acentes
á
los Regulares de
la
Compañia , así
Sacerdote~,
como Coadjutores
ó
Legos que hayan hecho la primera profesion,
y
~
los Novicios que quisieren seguirles ;
y
que se ocupeu todas
las tempora lidade s de la Compañía en mis Dominios;
y
para su
execuc ioo uniforme en todos ellos , he dado plena
y
privativa co–
mision
y
autoridad , por otro mi
Real
Decreto de veinte
y
siete
de F eGrew ,. al Conde de Aranda, Presidente de
mi
Consejo , con
facultad de proceder desde l.uego
á
tomar las providencias corres–
pondientes.
I
Y he venido asin:ismo en mandar , que el Consejo
ha~a
no–
toria en todos e,stos Reynos la citada mi Real determinacion; ma –
nifest ando
á
las demás Ordenes Religiosas la confianza , satisfac–
cion ,.
y
aprecio que me merecen por su fidelidad ,
y
doéhina~
ob–
servancia de vida mon ás tíca , exemplar servicio de la Igles}a, ac rtt -.
ditada insttuccion de sus estudios,
y
suficiente número de Indivi–
duos, para ayudar
á
los Obispos,
y
Par_rocos
en
el pasto espiritual
de las Almas ,
y
por su 'abstraccion de negocios de gobierno, co-
. mo age nos , y distantes de la vida ascética ,
y
monacal.
II
Igualmente dará á entender á los Reverendos Prelados Dio-.
cesanos. , Ayuntamientos, C.1b.ildos Eclesiásticos. '
,-;-!...~
Estamen-
t os ,.
ó
Cuerpos políticos
~e!
Reyno , que en
r.
~.
9ue-
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