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'2S

Los del Colegio !mperial ,

Casa

Profesa,

San-Jorge,

y

Esco–

ceses , saldrán por la Puerta de Toledo ;

los .del Noviciado por

la

de Foncarral ;

y

los del Seminario por la suya.

Para cada

Ca~a

habrá la partida de Caballería correspondiente,

con qnien

la

mande. En Getafe se hallará hecho el Alojamiento

para los Padres ,

y

allí estarán tambien las personas destinadas

á

su conduccion , corrinstruccion para su manejo.

Al trasporte de los efeB:os , que se les permiten ,

recogidos

de

sus Aposentos, segun el bulto de ellos, se emplearán los carros

necesarios , para lo que habrá pronta una porcion ;

y

á este

fin

podrán retardar su partida , el rato preciso

, algunos Hermanos

Coadjutores, que nombre su Superior:

y

con ellos se remitirá tam..

bien , sin pérdida de tiempo , toda la ropería general para el uso

de los Padres , menos lo que estuviese

en

piezas.

A

todos los criados

ó

asistentes seculares

gue

se hallasen den–

tro ,

s~

pondrá en parage de seguridad ; uoiendolos con centine-–

las dobles ,

y

la mayor custodia , hasta que el Juez Comisionado

provea con mas desahogo ,

lo

que juzgase hacer de ellos.

Madrid

;p

de Marzo de

1767. ::::

El Conde de ,t1randa.

XII

NOMBRAMIENTO INSTRUCTIVO PARA

EL

COMISIONADf!.t

D ireflor del viage de tos :Jesuítas de la Corte hasta Cartagena.

1-IAbiendo resuelto

S. M.

estrañar

de

sus Reales Dominios

!os

Regulares de la Compañia ,

y

efeétuá.ndose su intimacion esta n<r

che en sus Casas de .Madrid, para

transf~rirse

en la misma á Geta...

fe , prosiguiendo despues h:tsta Cartagena , de donde serán trans–

portados al Estado Pontificio :

He

nombrado á

Vm

d. para que se

·encargue de la .conducion de dichos Religiosos desde Getafe hasta.

su Embarcadero.

Para gobierno de Vmd. en la parte que le toque , Ie

induy@

Copia impresa del Real Decreto , como

de la

Instruccion general;

tambien el Despacho para las Justicias. de la carrera , á fin de que

auxilien

á

V

md.

en

quanto ocurra , reconociendole con plena

ju–

risdiccion en todo lo respeétivo, é incidencias de

su

destino.

En consecuencia pasará

V

md. esta tar

de á

Getafe ,

y

en sien...

d.o la una despues

de

media noche ,

u

atará

c.on

-

; lC;'

soore

el

D

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