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EDICTOS.
les, sinó que fué preciso, que á los prin !ipios del 4. Sí–
glo San Faviano P apa mandasse, que
y<í
que no frequente–
mente, á lo menos tres vezes al año Comulgassen los Lai–
cos; assi se reconoce en el
Cap. et si
16.
de Con. dist.
2.
y
en el Concilio Agarense celebrado el año de 506. fue de·
finido, que, el que no Comulgasse en la Natividad del Se–
ñor, Pasqua de
Restir~:eccion,
y
Pentecostes, no se tuvies–
se por Catholico,
y
en el año de 813. se confirmaron es–
tos mismos Decretos en el Concilio 2. Turonense, govcr–
nando la Iglesia el Papa Leon III. hasta q)le en el de 1215.
bájo de Innocencio III. se redujo á una sola annua Com–
munion, las que, en otro tiempo, havian sido cotidianas,
y
desp_ues reducidas á las tres mas solemnes Festividades
del Señor; Sin duda
ó
dolor! porque aquel gran Pontífi–
ce,
y
Padres del Concilio conocieron la infelicidad de los
tiempos,
y
hasta donde havia llegado la decadencia de la
disciplina, piedad,
y
devocion Christiana,
pudiendosse de~ir
de ellos,
Ad ea ·usque tempom peTventwm est, ut neque rna–
la nost?·a possurnus J!at;í, nec ?'ernedia.
Sin embargo Jesu–
Christo, que nos tiene prometida su assistencia, hasta Já
consumacion del Siglo, aun en los mismos tiempos mas ca-
' lamitosos,
y
decadentes de la Iglesia, ha dado auxilios, pa–
ra que en infinitos Fieles se conservasse la sagrada hambre,
y
ardiente sed de su Divino Cuerpo; y assi
á
mas de tan–
tas Religiones establecidas de ambos sexos, en que son tan
frequentes las Comuniones, .y continuados los exercicios
de piedad,
y
devocion, aun en el Siglo se encuentran Al–
mas, que I:ecogidas á vna vida interior.
y
espiritual fre–
quentau los Santos Sacramentos, pero al mismo tiempo se
hallan otras, especialmente en
el
sexo femenil, que satis–
feJhas de su propria conciencia, en que no les punza algun
pecado grave se arrojan
pres~mtuosamente
al tremendo Sa–
crificio del Altar,
y
diariamente
á
su voluntad se lo admi–
nistran los Dil·cctores, que debiendo moderar la facilidad
del sexo, le hacen complacencia con su consentimiento,
y
ellos se echan sobre sí un cargo, de que gravemente
serán residenciados. En estas circunstancias nuestro Pas–
toral ministerio nos pone en la precisa obligacion de aten–
der á dos opuestos extremos, como son: á persuadiar la
oportuna frequencia de Sacramentos,
á
los que solo se con–
tentan, con hacerlo vna vez a] · año, y dar reglas de Pru·
dencia, para que la Comunion co tidiana solo se permita á
Almas fervorosas, muy espirituales, y de quienes de dia