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EDICTOS.
te, el que se mastica en la boca, ó el que se toma en hu–
mo, es tambien de vna grave indecencia, é indecorosidad,
muy agena del respeto, limpieza, y veneracion, con que se
debe tratar, y recibir al mismo Jesu-Christo; por lo qual
por la Bula de Nro. SSmo. P. Vrbano VIII. del año de
1642. se prohibió en toda la Diocesi de Sevilla qualquie–
ra sumpcion de Tabaco ea las Iglesias, y en sus atrios, ba–
jo de Excomunion mayor
Latw sententiw,
y lo mismo man–
daron los Suriurws Pontífices Innocencio X. año de 1650.
y XI. el de 168I. por jo que mira
á
todos !os Pregbiteros
ele Roma, y ele mandato ele este la Sagrada Congregacion
del Concilio expidió Decreto el año de 1678. mandando
á
, todos los Obispos, que, bajo ele la pena ele suspension
ipso
facto inC'lwr·enda
prohibiesen
á
todos los Sacerdotes, que,
antes de celebrar Missa, de ninguna suerte humen Tabaco;
todo lo qualnos ha parecido traher
á
consideracion, para
exterminar de nuestros Presbíteros tan depravado vicio,
y abuso, y que sobre todo guarden el cuydado, que se de–
be poner, para que el Santo Sacrificio ele la Missa se ce–
lebre con todo el culto, y veneracion de Religion, segun
que facilmente podní juzgarlo, el que pensare, que en las
sagradas letras se llama maldito, el que haze la obra de
Dios con negligencia, y que si necessariamente confessa–
mos, queningun acto, que se trate por los Fieles de Jesu–
Christo, puede ser tan Santo, y tan Divino, como este tre–
mendo Mysterio, por el qual somos reconciliados con Dios:
Es consiguientemente, que se há ele poner en él toda la
mayor diligancia,
y
premeclitaciou, para que con la limpie–
za interior ele Corazou, que se pudiesse, y con no menos
puridad, exteriór devocion, y especie de piedad se haga,
y
execute, segun que en proprios terminos lo expressa assi
el Santo Concili<;> Tridentino.
Y
para que llegue
á
noti–
cia de todos,
á
quienes tocar pueda, y deba lo contenido
en este nuestro Edicto, lo mandamos publicar en todas
las Iglesias, y :fixar en sus Sacristías con particular encar–
go
á
los Sacristanes para su exacto cumpliruiento,
y
el
que les toca por este Ministerio. Que es fecho en Lima
á
diez
y
seis de Septiembre de 1751.
PEDRO.A.NTONIO-.A.RZOBISPO DE LIMA.
Por mandndo de su Tilma. El Arzobispo mi Sr.
D. Joseph de BaTbadillo
y
F•·ias,-Secretario.
Es copia de sn,originn.l.
D.
Gayetano de
So1·ia,-Notario 1\Iayor.