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= Xl -

experimentado ünagran omission,

y

descuido en g'h t\

1

e da–

ño del cumplimiento Pastoníl. Finalmente hemos hecho re–

imprimir las sabias, y edificativas Platicas del

R.

P. P cch·o

Calatayud, con una exhortacion

á

nuestro Clero, para que

en ellas aprendan, y consideren la alte

za , y s

ublime Digni–

dad, en que los constituyó el Señor,

pa.ra

ser el sal del

cuerpo de su Iglesia, con cuyo elemen

tal pr

incipio recibe

movimiento, y se figura este divino compuesto, y que, in–

fatuada esta, de nada sirve, sino para que se arroje.

Por lo que mira

á

las Iglesias,

y

su Cul to despues de

haver mandado hacer los Inventar.ios ele Rentas, Alhajas,

y

Ornamentos de todas las foraneas, de que y>Í tenemos

Authenticos Testimonios, que se guardan en nuestro Ar–

chivo, y de las de esta Ciudad su Iglesia Cathedral ,Parro–

quias, y numerosas Cofradías, se han dado Ordenes, y pu–

blicado Edictos, para que se observen diferentes pur¡tos,

que en las

Synoda.J c~

estaban prevenidos. y el abuso ha–

vía relaxado ; para ello, por medio ele nuestro Promoto1·

Fiscal general, hicimos, se prcvinicssc >Í todos loti Prelados

de las Religiones, que no permi tiessen en sus Iglesias, se

pidiesscn limosnas en lo interior de ellas, sino que solo

se exccutase en sus Atrios, y Puer tas, para precaYcr la

pertmbacion, que causa la importunidad ele los Demandan–

tes, y que en todo se obserYase la Constitucion Piana, in–

serta en una elelas Synoclales (24) : Que las Iglesias se cerra–

senal toque de las Oraciones, y que

á

este tiempo se arre–

gle, estén concluyda.- todas las funciones (25): Que en los

Entierros, Honra ·, y dcmas funerales no se celebren mas,

que tma, ó dos Missas en el tiempo de la Vigilia, y subcesi–

vamente la Cantadlt,y quelas de m>ls se antepongan al tiem–

po oportuno (26): Que las ca.mvanas se toquen, siendo de

dia; y no antes, y que en las funciones, que con ellas se

anuncian, se haga con moclcra.cion, y despuc de las Ora–

ciones, solo á las ocho y uueYe Regun la costumbre, y no

con el motivo de doble,

ú

otra ca.usa (27): Ultimamentc,

que no se permita

~t

lo Ecclesiasticos Seculares,

ó

Regu–

lares, que celebren Mi sa, sin que

los Sacristanes les

conste de sus Licencias (28).

(24] Cap. 4.

l.

3. tit. 6.

[25]

Cop.

12 eodem

l.

&

tit.

[26] Lib. 3.

lit.

4. cap.

.

(27] Lib. 3.

lit.

4. cap. S.

(28] Cap. 3.

de

cele.brat. Missar.

de las

Seii01·

U•·uarle.