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f,IBRO QUINTO. TIT. U.
tene1·, si no probare, lo que dize,
ó
dando fianzas
pa1•a ello ; Aunque si supiere, que los que se quexa–
ren fueren Indiós de los, que están en las mismas
Doctrinas,
y
son sus Feligreses, podrán ser oydos,
y
se inquirirá,
y
averiguará lá verdad, de · lo que
assi pidieren, conforme á la costumbre, que sobre
ello ha havido, sin obligarles á dar las dichas fian–
zas, por ser gente miserable,
y
sin credito, y que
no hallarán, quien les fie, como quiera, que si cons–
tare haver procedido calumniosamente, se hará en
sus personas el castigo, que convenga, para repri–
mir su atrevimiento.
TITULOll.
EFP,{NITENTIJS, ET REMISSIONIBUS.
CAP. I.
Que todos los fieles
~e
confiessen umt vez en el año,
y
comul–
g·uen por Pasqua ele Resurreccion,
y
los que no lo huvieren
hecho
~e
excomulg-en, y castfig;uen.
Porque todos los fiel es Christianos, en llegando
á edad ele cliscr ecion, tienen obligacion á arrepen–
tirse d e su s pecados con la mayor devocion, que
pudier en .
y
confessarse por lo menos vna vez en
el año,
y
á r ecibir el Santissimo Sacramento de la
Eucharistia por P asqua Florida, en los ocho clias
antes,
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despues ele ella, les amonestamos en el Se–
ñor, lo hagan assi con cuyclado, y como quiera,
que harán pecado grave, en no hazerlo; empero,
para que no tengan clescuyclo por temor de la pe–
na; Mandamos, que los que dexaren ele confersar-