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, tros hermanos (1)." A veces el número de lo
s sa–cerdotes no se determina· á causa de su crecido
c.on–curso, como sucedió en el concilio de Nicea, á,.
don–de, segun Eusebio, acudió tal multitud de sacerdo–
tes
y
ministros,' que apenas podian contarse; perq
es inn egable que tomaron parte en todos los conci–
lios,
y
decidieron las controyet;sias de
~onsuno
po¡¡
los obispos. Si en el de .Calcedonia sE¡ oyeron algu,
nas voces gritar: "Este es un sínodo de obispos
y
, no de clérigos; afqera .las personas .inútiles (2);
·~
estas .palabras no fueron del concilio, sino de algu–
nos malos obispos de Egipto, que habiendo prevari–
cado en el concili ábulo de
Efesq,
no ,querian tenet;
por jueces
;i
lo~
sacerdotes, ni aun por testigos de
s:us causas ;
y
el sínodo desoyó la voz de este peque¡
ñp
número pe obispos, éomo resistió á sus instan–
cia.s.-sobre condenar al fu ego á sa n Eusebio por ha,
ber reconocido dos naturalezas distintas en Jesr–
cristo.
§.
XI.
, '
1
He toe do de paso esta materia, la cual se halla
copiosamente discutida en diversos opúsculos de,un
autor frances, que sucesivamente han parecido ;. uno
en 1778, con el título de
Instit1tcion dlivina de los cu-
1'as,
y
su de1·eclw al gobim·1w geneTal de la iglesia;
otro en 1779, con el de
D erechos del segundo ó1·den
defendlidos contm los apologistas de la dmninacion
episcopal ;
y
otro en 1780, intitul ado;,
Los sacerdotes
jueces de la
fé
en los concilios con los obispqs
~c
.
. Despues se han pub,licado algunos mas- acerca del
-.-~
(1) Quid nuper in conci]io plurimi episcopi
~cum co~presbyt~ris,
qui adherallt, in commune senserjmus, ut scires, epistolre
~xeniplar
tibi
ruisi!
·•
,
1
(2)
Synodus episcoporum est', 'non c-lericorunl ; supe·r1lbos roitti ..
.foras.
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