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[ 13 ]

, tros hermanos (1)." A veces el número de lo

s sa–

cerdotes no se determina· á causa de su crecido

c.on–

curso, como sucedió en el concilio de Nicea, á,.

don–

de, segun Eusebio, acudió tal multitud de sacerdo–

tes

y

ministros,' que apenas podian contarse; perq

es inn egable que tomaron parte en todos los conci–

lios,

y

decidieron las controyet;sias de

~onsuno

po¡¡

los obispos. Si en el de .Calcedonia sE¡ oyeron algu,

nas voces gritar: "Este es un sínodo de obispos

y

, no de clérigos; afqera .las personas .inútiles (2);

·~

estas .palabras no fueron del concilio, sino de algu–

nos malos obispos de Egipto, que habiendo prevari–

cado en el concili ábulo de

Efesq,

no ,querian tenet;

por jueces

;i

lo~

sacerdotes, ni aun por testigos de

s:us causas ;

y

el sínodo desoyó la voz de este peque¡

ñp

número pe obispos, éomo resistió á sus instan–

cia.s.-sobre condenar al fu ego á sa n Eusebio por ha,

ber reconocido dos naturalezas distintas en Jesr–

cristo.

§.

XI.

, '

1

He toe do de paso esta materia, la cual se halla

copiosamente discutida en diversos opúsculos de,un

autor frances, que sucesivamente han parecido ;. uno

en 1778, con el título de

Instit1tcion dlivina de los cu-

1'as,

y

su de1·eclw al gobim·1w geneTal de la iglesia;

otro en 1779, con el de

D erechos del segundo ó1·den

defendlidos contm los apologistas de la dmninacion

episcopal ;

y

otro en 1780, intitul ado;,

Los sacerdotes

jueces de la

en los concilios con los obispqs

~c

.

. Despues se han pub,licado algunos mas- acerca del

-.-~

(1) Quid nuper in conci]io plurimi episcopi

~cum co~presbyt~ris,

qui adherallt, in commune senserjmus, ut scires, epistolre

~xeniplar

tibi

ruisi!

·•

,

1

(2)

Synodus episcoporum est', 'non c-lericorunl ; supe·r1lbos roitti ..

.foras.

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