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[ 9

l

sidentes y jueces

á

cuyo conocimiento deben sujetar–

se todos los crímenes" (1) . Este modo de hablar

110

significa que son jueces solamente en e l fuero interno;

porque como observa l\lorin, los jueces del fuero in ter–

no y del externo era n los mi smos ha sta el siglo on ce,

en cuya época comenzó

á

separarse lo peni te nci al de

lo judicial ; de donde deduce que

á

la manera que el

obispo era el primer juez de este último tribun al,

úni co e n ac¡uell os tiempos, así lo eran tambicn los

sacerdotes en todas la s causas de su competencia,

qu e abrazaba ambas atribuciones. Por eso san Cipria··

no, hablando e n su carta déc ima de la admini st ra–

ci9n de la penitencia, nos instruy e de que

e r~

su tiem–

po acostumbraban los pe nitentes recibir el derecho

de comunion por la imposicion de manos del obispo

y

del cl ero (2) ; y sa n Cor·n elio en s u epístola 46 al

mi smo san Cipriano, tratando de los confesores que

volvían al seno de a..iglesia, se ex presa así : " Tuve

por conve ni ente

reo•A~íl~ ~

presbiterado: cinco.obis–

pos concurrieron tambi en•,

y

han asistido hasta hoy,

á

fin de que por un a sólida deliberacion y de comun

consentimiento se acuerde lo qu e deba observa rse

con respecto

á

sus personas"

(:3) .

Esta práctica

constante de la iglesia na cía de la comun penmasion

en que estaban los santos obispos respecto de la par–

ticipacion divinamente conced ida

á

los sacerdotes

de segundo órden del mismo .poder judicial en el

gobierno de la igl esia, sin perjuicio de ·la superiori–

dad de los obispos como primeros jueces

y

pastores

en virtud de su elevado carácte r.

(1)

R elictos

a

Christo sacerdotes sui vica1·ios, tamquam prresi–

des et judices, ad quos mortalia crimina defera ntur.

(2) Per manus impositionem e piscopi, e t cleri j us communicatio·

nis accipere.

S. Cyp.-ian. ep.

10.

.

(S)

Placuit contrahi presbyterium; adfuerunt etiam episcopi

quinque, qui et hodie pl"!;"Sentes fu-"ruot, ut firmato concilio, quid

c1rca persona m eorum

obsen·ari debeat,

consensu omuium statuere-

tur.

S . Cy¡¡rian. Ibid.

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