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las circunstancifls particulares que le obligaron á ha–
cerlo; y luego añade: "No hay diversidad alguiui
en el sacerdocio de Dios cuando se trata de proveer
á la utifidad de la iglesia; pues aunque cada obispo
tenga bajo su jurisdiccion determinado número de
iglesias,
á
cuyo cuidado deba dedicarse particular–
mente, la caridad de Jesucristo, sin embargo, debe
anteponerse á todo (1)." Es verdad que este dere–
cho pastoral de .proveer
in soli¡}¡um
á la necesidad
de las iglesias, tiene su. medida, y obliga mas ó me–
nos
á
los obispos segun lus reglas y disposiciones
canónicas. Mas estricta, por ejemplo, es la obliga–
cion réspecto de los obispos de la provincia vecina
á
aquella donde se muestre la necesidad, y mas pecu–
liarmente les corresponde la vigilancia, que á los de
1as provincias remotas, quienes no deben acudir en
socorro sino para suplir el defecto de los primeros,
como lo dispuso el cuarto cánon del concilio de Sár–
dica, y lo practicó san Gregorio. Este papa en su
carta
á
Teodorico y Teodoberto reyes de Francia,
protesta: "Que se había determinado
.á
envi <lr al
monje Agustino
á
Inglaterra, vista la negligencia de
los .obispos franceses, quienes por razon "de vecindad
debían proveer de ministros á aquellos _pueblos de–
seosos de convertirse á la religion cristiana
(2)."
Es- .
te órden nace
de
la naturaleza misma de las cosas.
Los vecinos cieben tene1• entre
sí
relaciones mas fre–
cuentes, conocimiento mas pronto de sus •necesida–
des recíprocas, y mayor facilidad de remediarlas ; de
(1) Nulla est diversitas in sacerdotio Dei ubi utilitati eCcelsire
providetur; nmn etsi singuli ecclesinl'um episcopi habeant sub se
ecclesias, quibus videntur curam impendere, tamen prreponitur
om~
nibus charitas Christi &c.
(2) Pervenit ad nos A nglorum gen
le
m ad fideon cbris1 ianam, Deo
miserante, vP.Ile con\'erti; sed sacerdotes e vicino negligere, et de–
sideria eoruru parvipendere, sua exhortatione succendere. Ob hoc
igitur Augustinum servum Dei cum nliis illuc providimus dirigeu
4
dum.
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