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~

la controversia suscitada en estos últimos tiempos.

Pero felizmente el concilio general de Constanza qui-·

so tambi en terminarla p<H via de principio, de finien–

do que la autoridad

ele.

estas asambleas viene_inme–

diatame nte de Jesucri sto,

y

que hasta el papa está

obligado á obedecer .sus decisiones en materias de

fé, exürpacion de cismas, y reforma general de la

iglesia en su cabéza

y

en sus miembros. He aquí los

términos exp.resos de su dec reto: "El conci lio gene–

ral qu e representa la iglesia universal, recibe inme–

diatame.nte de J esucristo su autoridad, á la que toda

cla~e

de personas, cualquiera que sea su estado

ó

dignidad, inclusa la del papa, está.->bligad'i

á

obede–

cer en las cosas concernientes

á

la fé, extirpacion de

cismas, y reforma general en la cabeza y en los miem–

bros (1)." Esta definicion no pu ede J·estringirse á so–

lo el caso de cisma ó de un papa dudoso, porque el

conci lio habla en general de t-o decreto relativo

á

materias de fé, y reforma de la iglesia : habla de .re–

forma que por autorid ad del concilio puede hacerse

en la cab.eza

y

en los miembros, (in capiti et in mem–

bris);

y en esto por consiguiente

~omprende

tambien

el caso de un papa cierto y no dudoso. Con la mis–

ma generalidad habla de todo concilio ;

y

·de consi–

guiente comprende todos los casos, sin litñitarse

;í,

aquellos en que haya cisma. Basta leer el decreto

del sínodo, para reconocer la frivolidad de semejan–

tes restricciones. Ni son menos frívolos los demas

pretex~s

que comunmente se alegan para disminuir

ó

desvanecer la fu erza de aquella decision. Dícese

por ejemplo, que en la ses ion ·cuarta y

qu~nta

no era ·

ecuménico e l concilio, porque solo se componía de

( ~)

Coocil ium generale universam reprrescntans eccJesiam,

potes~

tatel)l suam inmcdiatl: habet

á:

Ch risto, cui quiliuet cuj uscumquc

status, ve_1 djgoitatis, etiamsi papalis

existal,

oUed ire

teneLUr

iu his,

qure

perl~nent

ad fidem,

et extirpationem

schisruatum

et

rcformatioa

neffi ecclesire generalem in capite, et io merubris.

'