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cu~en

aquellos,

á

los..quales el Pário¿6 se lo

p~rmitiá,

por las ne–

cesidadeo que representaban ; de manera Señor , que la venera–

don á la Iglesia

y

sus Ministros , se vá perdiendo precipitada–

mente ;

y

no lo estraño á vista de que se me há informado , que

uno de los Fiscales de V. M. há respondido á unos Seglares, que

e~ _c~mpliendo

con

el

precepto anual, no teman

6

no hagan caso

en lo demas de los Jueces Eclesiásticos ;

y

de aqui depende

el

desprecio de sus providencias ,

y

de las censuras ,

y

el

frecuente

recurso voluntario de fuerzas; pues hay exemplar en mi Audien–

cia_de que un lego lo há introducido de la execucion de lo que

la Chancilleda resolvió en uno de esta clase, permaneciendo án–

tes y despues excomulgados con mucha quietud;

y

no puedo de–

xar

de añadir á

V. M.

que si los Jueces Eclesiásticos imponen

multas para hacer observar sus providencias , se les opone, que

esto _pertenece á la Jurisdicion temporal, y que no pueden impo·

nerlas ; y si usan de censuras ,

6

se despreCian ,

Ó

se les objeta que

~ste

es

el

último remedio,

y

que no se há de exercer hasta que

ss

hayan

i~terpuesto

otros de derecho , como manda

el

Conci–

lio; y por resulta de todo viene á servir de ludibrio la jurisdi–

don Eclesiástica ,

y

no se halla medio para proceder.

Tonsurados.

56

Los Tonsurados,

y

Clérigos de menores Ordenes, que

tienen las calidades prescritas _por_

el

Concilio de Tremo,

y

refiere

la

Real Instruccion , gozan _indubirablemente de la inmunidad

personal

y

real de la Iglesia; pero cambien esto embaraza poco á

las

Justicia~,

_para trarail<?s como á los legos, y con abandono,

ya

incluyéndolós

~

ó intentando incluirlos en los cargos de

R~pÚ·

blica,

y

en las quimas, negándose á reconocer los tÍtulos de Or–

denes , y colacion beneficia! que les presentaban ,

de~pues

de

~onstarles

por propia experiencia su actual servicio en

la

Iglesia;

ya prendiéndolos,

y

llebándolos á la cárcel con la corona

y

há–

bito clerical de dia á prision,

ó

calabozo de los mas famosos mal–

hechores, sin permitirles comunicacion alguna, ni que

el

Con–

fesor,

y

Médico entren á auxíliarlos ,

y

á curarlos , quando lo

hán

pedido, y necesitado; y ya cometiendo otros ofensivos tra–

tamientos;

y

tengo exemplar, que

á.

un Sacerdote conocido , á

quien este TrJbunal Eclesiástico cometió la execucion de un ne.–

godo suyo, lo quiso poner en la cárcel

el

Juez lego , porque

como á parte le intimó

el

auto, y lo hubiera execurado con

el

estrépito

é

inquierud que movió, si

el

Sacerdote no se hubiera

retirado precipitadamente,

y

con precaucion

á

la Iglesia.

57 Las

últimas Bulas Pomificias han limirado mucho á los

reos