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t<~lico,

baxo de las formidables penas impuestas en la Bula de.

la Cena, y en otras determinaciones de la santa Sede; y no obs–

tante

tq.do

esto, y que lo mismo se colige de la Real Instruc–

cion de

I

760,

en que

se

manda, que el impuesto del aguar-.

diente se cargue á las manos-muertas, por sus nuevas adquisi–

ciones, para prueba de que los demás bienes de ellas

y

del Cle–

ro no están sujetos

á

este gravámen, se exige en esta Ciudad

á

los Eclesiásticos ocho reales por cada arroba de aguardiente;

.que consumen y destilan de sus diezmos y frutos, y presumo

que

se

executa lo mismo en otros pueblos' tratándolos como

legos ; y en las sisas no les observan todo el derecho de su in-

munidad, l}i les·abonan la refaccion equivalente.

.

39

Notorio es en estos Reynos, que uno de los cuidadós

que ahora ocupa la atencion del Consejo, y de alguno de los

Fiscales de V. M.

es

el

que

se

establezca en ellos la ley de la

4mortizacion

;

suponiendo que es muy excesivo el número de

Eclesiásticos Regulares

y

Seculares; que están muy

opulentos~

y que es perjudicial al Estado la multitud de dotaciones

p~a­

dosas que se hacen ; por todo lo qual

se

halla~

los seculares

muy abatidos y deteriorados, y no pueden sufrir las cargas

y

~ributos

, con que contribuyen para la conservacion y defensa

de estos Reynos ; haciendo sobre cada uno de estos puntos las

declamaciones mas vehementes con

alegadon~s

de derecho, his:..

toria y exemplos de España,

y

otros Estados, para acreditar la

necesidad de esta ley,

y

la potestad de

V. M.

para establecerla.

;y

o supongo á

V. M.

como uno de sus mas fieles vasallos,

Y.~

que mas deseo quanto pueda ceder en aumento y honor .de su

Real Corona , que no me afligen estas

notici~s

, ni las exaccio""'

nes , que se hacen al Clero por lo que contienen de privacion

de intereses pecuniarios, porque no apetezco riquezas; estuy

contento con una túnica : no deseo honra, ni dignidades, ni

quiero que el honor de la Iglesia y de sus ministros se funde

precisamente en bienes temporales; porque estoy bien certifi–

cado, que sus ventajas deben consistir y consisten en los espiri–

~uales,

y que cuida.ndo de ellos, está ofrecido en

el

Evangelio

á

todo cristiano, que el Padre Celestial le dará por añadidura

quanto necesite; pero me llenan de opresion y sentimiento,

al

vér que estos discursos se fundan en supuestos voluntarios, y

que todo quanto se reflexiona sobre todos ellos, no tiene vigor

~n

el estado actual ,

y

se dirige á deprimir la libertad de la Igle–

~ia,

y

á

difundir en

el

pueblo de Dios las malas resultas, que

no