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-de Sacramentos
y
otros exercicios de religion
y
de piedad, con ·
inclusion de lo preciso para el Altar, ornato
y
surtimiento de
lo~
Templos, no les queda lo necesario para los alimentos
y
urgen~
das diarias , como demuestra la experiencia .; pues casi
ro~
os los,
Monasterios
y
Colegios están pobres,
á
excepe.ion de aquellos.
en que la liberalidad Real,
y
la devocion de algllnos insignes
bienhechores se há señalado en
benehciarl~s
y
dotarlos con
abun~
dancia , en agradecimientQ de las misericou:lias, que
hán
ex
pe~
rimeritado del Todo-Poderoso: por cuyos atrasos se hán enage–
·nado muchos bienes Eclesiásticos,
y
se hán gravado con censos;
y
estas pérdidas unidas
á
la reduccion , que hán tenido los cen–
sos en siglo
y
medio desde siete á tres por dento,
y
al cabimien–
to que no hán tenido muchos juros ( que eran el fondo para
su subsistencia) , además de la mala calidad de estas remas por
su difícil cobranza
y
fácil quiebra , en falliniienros
y
redencio–
n~s,
ascien4en con mucho exceso
á
lo poco, que por otras vías
bán adelantado, sin computar para su atraso
el
crecimiemo de
la Sal, el del Tabaco,
y
otros, ni el de los impuestos
y
tributos
Reales , que aunque se dice , que los pagan los legos, son los
Eclesiásticos los que en la realidad los contribuyen, porque ellos
no pueden emplearse en negociaciones
y
grangerías ,
y
quamo
visten
y
consumen , lo hán de administrar
y
comprar de los le–
gos , pagándoles
á
estos el coste
y
costas de las cosas que les dán,
los derechos Reales que les exí'gen ,
y
las ganancias que se pre–
suponen.
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El cúmulo de rentas, que gozan los Eclesiásticos de
ambos estados , para todos los referidos hileS, comprende en
mucha parte de remas decimales, 'con que están dotadas las Uni–
versidades, los Monasterios
y
Colegios de seculares y regulares,
las casas de educandas, y de misericordia, los Hospitales, Iglesias
y
·otras piadosas fundaciones, ·cuyos productos, que ceden en
beneficio del Reyno, por los distintos destinos , que tienen para
el
alivio, enseñanza
y
direccion de los vasallos legos, no deben
computarse en los Eclesiásticos como gravámen y adquisicion
excesiva hecha de los seculares' ni introducirse en
la
cuenta de
bienes , que llaman de manos-muertas; ames bien, si se consi–
dera la primitiva instirucion y division de los diezmos
á
favor de
la Iglesia y de sus Ministros, y la desmembracion que ahora tie–
nen para los dichos fines y otros temporales, no solo se cono-.
ce qúe
el
Estado eclesiástico tiene pocos bienes raíces adguiridos
inmediataménte de los legos; sinó que se conoce , ,que los que
le