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Curas

inc6ngruos.

Pleytos sobre

la

administracion

del Escusado.

NOTA.

9.!feda sentado al

f.

6.

B.

n.

24

lo que

dice el R. Obispo,

quien no cita

,

ni há

remitido documento

alguno

;

pero

á

ins–

t ancia de

los Srs.

Fiscales se hán traí–

do al Expediente lor

que hé colocado des–

de el

f.

5

I ,

n.

202,

al

f.

54

,n.

220.

Satisface el Sr.

Moñino

desde

el

n.p6

á

524·.

y

de cuya

mano 'depende en mucho la execucion , fundada

en

un

Rescripto Pontificio.

104 I

Se hace

el

R. Obispo Procurador de las Igle ias de las

Montañas , Asturias , Leon y Galicia , porque sin duda no las

conoce ; respecto á que los diezmos están en mucha parte secula–

rizados , igualmente que en Cataluña y Mallorca , en Patronos

láycos; y esos son los que en sustancia contribuyen y padecen

el

decantado saqueo. La agricultura por otro lado está mas bien

repartida entre los colonos

Ó

foreros de dichas Provincias; y así es

menos desigual

la

exaccion

á

pesar de la esterilidad de su terreno.

1042

Es verdad que hán representado reposicion de eón–

grua algunos Párrocos ; pero las mismas partidas asi nadas ha–

cen ver quan corto es

el

valor de la Casa-dezmera. La Corona de–

be retener la exaccion de la Casa-dezmera, como una finca suya

muy segura , y

es

fácil arreglar los perjuicios, que pad ·zcan al–

gunos partidos.

104

3

Resumido todo, se ve que las amarguras del R. Obis–

po versan sobre intereses pecuniarios , y sus razon@s conspiran á

impugnar la Gracia de Escusado; lo que sería muy provechoso

al R. Obispo, pero muy perjudicial

á

los justos fines de la defen–

sa de la Religion Católica

y

conservacion de

la

Monarguía ; y no

son ciertamente estas causas agenas del espíritu de

la.

Iglesia.

1044

Pide que informe

el

Colector-general sobre el Escu–

sado , y ya lo há hecho ; no apareciendo fundado lo que

el

R.

Obispo pretende , sinó algunas disputas de juriscHcion , faculta–

des y oposicion, que mediaron con D. Fernando Gil de 1 Cuesta,

las quales ya

se

terminaron

á

consulta de varias J umas ,

y

la

muerte las dirimió. Finalmente dice sobre E cusado, que hay mas

de

cien

pleytos pendientes del Obispado de Cuenca en el T ribu–

nal de esta Gracia ; pero la certificacion de

1

4

de Enero de este

año , dada por el Escribano de Cámara D. Josef Fausrino de Me–

dina , prueba ser Únicamente

treinta

y

nue"!Je

los pleyros ; y se re–

ducen

á

esenciones de diezmar, á nulidad de elecciones de Casa–

dezmera, disputando la qualidad de anexo, y algunos pleyros son

con las Ordenes Regulares ,

y

otros están abandonados por los

interesados.

104

5

Con que no hay la multitud de pleytos, que con con–

fianza sienta el R. Obispo en su Carta de informe, quejándose

con generalidad, salvo del que rige el Tribunal del Escusado:

pues á pesar de las alabanzas del R. Obispo , sugilando á todos

jos demas, es

el

único que puede abreviar su decision, como que

le