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Cuenca

?

Q.~ando

se hán atrevido los que hán dirigido estas

Cartas ,

á

escribirlas tan sin miramiento alguno,

¿

quales serían

sus expre iones de palabra

?

De ellas pudiera

el

Fiscal producir

en

el

Consejo indubitables pruebas , si la materia lo necesitase,

y

no las hubiese tan abundantes en

el

Expediente para lo que es

del caso , y S. M. lo remire al Consejo ; prescindiendo de estar

su

ex1men separado de este Expediente.

.

9

6 3

Baxo de estas quatro preliminares consideraciones, se

hará menudameme cargo

el

Fiscal de las dos Carcas del Obispo

de Cuenca ; y viniendo á la

primera

,

que es la que en

1

5

de

Abril

escribió al P. Confesor de

S.

M.

Fr. Joachin de Osma, la;

considera

el

Fiscal como un mero regido de calumnias, con una.–

ilacion tan inverosímil, como querer hacer al Confewr respon..:

sable de los asuntos de gobierno ; que aun quando hubiese ido

tan mal , como

el

Obispo se figura ; yá se conoce que el Con–

fesor de

S. M.

no es responsable , porque ningun minisrerio

pú–

blico

est~

anexo

á

su encargo ; y sería mas loable su moderacion

en dexar correr los negocios por sus conductores naturales. En

sustancia la Carta se reduce

á

hacerle culpado de defectos age–

nos contra la rúbrica del derecho, que exíme en cosas personales.

aun al mismo padre de

la

responsion por su hijo,

Ó

al contrario.

96

4

Es en una palabra el argumento de la Carta igual ,

á

si el Fiscal intentase hacer responsable del crimen que resulta de

su formacion contra

el

Obispo al Confesor , con quien desaho–

ga su conciencia dicho Prelado. El ministerio del fuero peniten–

cial nada tiene de comun con

el

gobierno temporal, sinó con

aquellos ,

que~

tÍtulo de devotos quieren mezclarse en todo,.

como hicieron algunos Confesores, de que dista mucho la mo–

deracion del actual y de su predecesor el P. Bolaños. Es una jus–

ticia que el Fiscal no les puede rehusar.

9 6

5

Al Confesor de

S. M.

no basta la clandestina delacion

queja del Obispo de Cuenca ni de otro , para impresionar

el

ánimo de

S.

M. contra los Ministros y Tribunales ordinarios,

por donde corre el despacho de los públicos negocios. Ese sería

un método de tener bacilante el Gobierno ,

y

en desasosiego las

personas mas respetables del Estado :

¿

~ien

escaria seguro de

acusaciones dictadas por la envidia ,

Ó

la venganza , dando fe

á

delaciones de esta especie, quando las Leyes proceden en casos

menores tan escrupulosamente, que aun hecha

la

delacion por

parte legítima

y

en Tribunal competente, no la admiren sin fianza

de calumnia y prévia justificacion de los cargos

á

costa del delator?

Oo

Aun