IOJ
há causado,
y
por la corresponde.ncia precisa de las especies ve–
nales con la mayor
6
menor estimacion del dinero, hán venidq
los frutos
á
tener un precio , que excede en mas de dos terceras
partes
á
el
del siglo
XVI.
4 57
De aqui es , que los Diezmos de las primeras casas,
que en
1
5
7
J
se venderian
á
6
, 8 ,
y
1 1
reales , quando
m
as;
se venden en
el
dia
á
2.0, 2.
6
,
3 8 ,
y
m_as reales, segun la diver–
sidad de las. Provincias, y la calidad de los años.
4 58
Los perceptores de Diezmos gozan en sus propios fn:t•
tos de estas ventajas;
y
así los de Castilla y Leon, que en
r
57
I '
mbieron por moderado
y.
regular
el
gravámen de
2.
5
OlJ
duca–
dos, pactado en la primer Concordia como equivalente del Es–
cusado' no pueden justamente reputar por excesivo y exorbiran...
te , que la administracion del Rey produzca algo mas de dos
terceras partes de aumento , que son los ocho millones de rea–
les , que con poca diferencia pueden verdaderamente rendir los
Obispados de
Cast~lla.
.
.
4
5
9
Si los RR. ObJspos
y
Cabildos hacen reflex!on sobre
el aumento , que _hán tenido los valores de sus remas en estos úl–
timos tiempos,
y
si
atiend~n
á
la mayoría de precios, que hán
experimentado en todos los géneros del uso
y
consumo del hom–
bre , reconocerán la verdad indubitable de quamo el Fiscal há
expuesto. La correspondencia de la especie comerciable con el di–
nero obra necesariamente , que quamo este se envilezca
m~s
6
pierda su estimacion, sea preciso mayor número de moneda para
adquirir la especie con que se permuta. Es menester re·conocetlo
así con buena fe ,
y
ab~tenerse
de clamores y quejas inmodera·
das , miémras no se penetre hasta lo Íntimo
el
fondo de las cosas.
460
Todavía pudiera
el
Fiscal persuadir lo que há pro· ..
puesto por otro medio, como es el aumento
y
prernios de la
moneda. Desde
el
año de
1
6
o
2.
fue aumentándose tanto el vellon
y
de tan mala calidad , que envileciéndose precipitadamente,
fue preciso repetir Pragmáticas por todo
el
siglo pasado para
fi–
xar los premios de las reducciones
y
pagos en esta especie.
Ur:t
cinquema por ciento señalado en las Cédulas
y
Pragmáticas de
16 51 , 16
So, y
16
8
6
,
no bastó para dar punto á los premios;
y
no babia cosa mas frecuente que abonarse á los Asentist:as del
Rey en virtud de sus contratos
el
premio de sesenta, setenta,
y
aun ochenta por ciento.
4
6
1
La baxa del vellon á la mitad de su estimacion , que
se decretÓ en varias resoluciones , forzosamente habia de crecer
·
los