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al gobierno argentino la confesion de haber usurpado

funciones agenaro;

y

obligarlo

á

desbaratar la obra

consciente de medio sig·lo, en la que colaboraron las

mayores eminencias del pais, como Ri vadavia, Mi–

tre, Sarmiento, Velez Sarsfield

y

Costa?

¿Acaso

para entorpecer el curso de las reformas empren–

didas, que si bien lento y penoso, conduce

á

la mas

completa depuracion de las instituGiones civiles

y

á

la formacion de un Estado esencialmente laico?

Las facultades ejercidas hasta hoy por

las

autoridades

argentinas~

pueden f5eguir ej erciendose

en adelante.

Un

concordato, en vez de ampliarlas

6

facilitar su ejercicio, solo puede servir para res–

tring·irlas

ó

difi(jultarlas.

]~n

vez de robustecer y

afianzar el poder de las

institucioues nacionales

falsearía los fundamentos del órden actual de cosas.

En vez de ser un nuevo motor

6

fuerza impulsiva

del progreso,

seria rémora constante cuando no

un valladar insuperable levantado para contener

el desenvolvimiento de las fuerzas propias.

La República del Ecuador ha pretendido ul–

timamente suprin1ir los diezmos, percibidos aun

con arreglo

á

su concordato vigente.

Se dirigió

con tal objeto

á

la corte de Ron1a; pero esta, pre–

munida de la influencia ejercida en aquel pueblo

por el sentimiento religioso y contando sobre todo

con la cnndescendencia de su actual gobierno, se

ha negado

á

consentir en esta justa peticion.

¿N

o