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obtenido el correspondiente pase; excitan el celo de
los diocesanos para corregir los desórdenes que ·se
noten en las casas de regulares,
y
para que no se
ocupen en asuntos &jenos á su 1ninisterio, tomando
igual 1neclida respe<..:to del elero secular; exigen que
los curas cuando son trasladados á otra parroquia
dejen un inventario de los bienes de la Iglesia;
y
ejercen otras funciones que no se derivan precisa–
mente del texto expreso de la Uarta
política~
pero
que pertenecen al orden administrativo, las que,
la ley citada, atribuye
á
los agentes in1nediatos del
poder ejecativo
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en las grandes circunscripciones
territoriales.
Bajo bases análogas se encuentra organizado el
ejercicio del patronato nacional en otros países de
Stul-A1nérica, que aun conservan esta institucion
heredada del antiguo régimen espélñol. En todas
ellas,
ó
se han dado nuevas leyes sobre ciertos y
determinados asuntos que caen bajo la accion del
patronato nacional,
ó
se aplican las leyes antíguas
cuando se trata de 1naterias sobre las cuales no se
ha leg·islado despues de la independencia.
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El patronato, pues, ni por su carácter
ó
naturaleza
íntima~
ni por la forma en que debe
ejercerse, ni por la extension que abraza, es incOin–
patible con la forrna republjcana de gobjerno. Para
que tal cosa sucediese seria necesario que al aceptar.
el 1nencionado régünen, la nacion hubiese perdido