lo es imposible su total separación, sino que la
unión
es siempre condición necesaria para la
felicidad
y
prosperidad de las naciones cristianas. "
Tanto la sociedad religiosa como la civil JNn
de–
origer. divino; pero, la priwrra ha recibido de Dios–
inmediatameute su" con ·t ttución" y modo de ser,
a~~
como la forma
y
límites lle su poder espiritual. La·
segunda procede de Dios, en cuanto es autor de la na–
turaleza; pern, la forma dt> gobierno
y
la manera de ejer–
('Crse la
oheranía dependen de la libre voluntad del
hombre.
l'or e to, se ha dicho que el poder civil es
de '· derecho divino natural ", y qne el poder espi–
r itual, en <'uanto proecde dQ Dios como fuente de la
gracia, es de " derecho divino sobrenatural."
A1
tmtar de
las relaciones entre la I&lesia
y
e~
Estado, no hay, aún al decir de los
enem1gos, sino
cuatro situaciooe posible::.: 1
d
•
confusión <.ie
los dos
poderes ;
2
c:;s
•
subordinación de la Iglesia al Estado;
3
c:;s
•
subordinación del Estado
á
la Iglesia,
y
4
~
•
sepa–
ración de los J os poderes. De estos sistemas, el pfimero
e absurdo, ya que el E.-tado
y
la Iglesia son sociedades
perfccta1:1 y distintas, que se diferencian por su origen
y
por lo medios
que
emplean;
ya
también,
porque
a ·piran
á
di ver o
fines.
.r
o es aceptable la sujeción de
la Iglesia al Estado; pues repugna
á
la razón, que
lo má
noble esté dependiente de lo menos noble,
lo sobrenatma1 de lo natural,
lo superior de lo infe–
rior.
E~to
es, además, contrario al origen
y
prerogati:va&
de la Irrle ia, porque
J e
ucristo, su Divino Fundador , se
llama -á
í
misruo Príncipe, Rey de reyes
y
Señor de
señore ;
[1
J
princi , aclo
y
autoridad plena, que Cris–
to trasmitió
á
la
Iglesia. "Todo poder, dice el Sal–
vador, se me
h::..
dado
en
el cielo y en la
tierra;
como Yo he si¡lo enviado,
.ASI
Yo os envio"
[2] . N
o
es
tawpoco admisible la
separación, porque
amba¡
8
ociedades se proponen el perfeccionamiento del hom_
(1)
Apoc.
1, 5-19, 16.
(2) Math. 28, 17
r
20,