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paz, ni
la unidad perfecta.
E
así r¡ne la Tgle ia 1le
Cri~to
es un solo cuerpo;
lurg-o, por más que haya
en él di·:er ·os podere
y mag-istrados,
es necesario
que todos tengan suhordinat:ión en1t·0 :::i ,
y
a: í,
de al–
gü n modo, quede
1:1
j;;fatm·ll en uno solo. __. Así como
• 1
hombre no estaría drhiclumente fornwdo,
~i
el cuer–
po no estuviera subordiuatlo al alma,
a:::i
la
Igh· :a
no estarla con\'enienkmentc e,tablec:itla ,
~i
la
p •trs–
tad tt>n1ponli no estuviese suj..ta
á
Lt
espirituaL"
fl)
P a.a el mayor exclarecimiento de est:l doctrina,
y
siguiendo la en cíianza de eminente ruhlici · tas ca–
tólico&,
estahleceren.o::;
las ,iguicnte
conclu. ione :
1'".
En materias espirituales, el poder
t:ÍI'ii,
e tá direc–
tamente sometido
á
la IglesiH: es decir. que en todo lo
que mira al fin sobrenatural del hombre, tien& el prínci–
pe cristiano el deber de , ujetar e á la IgiPsi:t,
Cf
m
o cual–
quier otro fiel. En este caso puede la Iglc-ia dirigir al
poder civil, no sólo por medio de
" cons('jo~ .
aviso y ex–
hortaciones," f'ino por medio de "órclení'.
y
decreto ,"
que aquel está obligarlo
á
cumplir.
"L:~
ley de
Je–
suCl·isto,
dice
San Gregario
de 1\azinnzo,
sujeta
á
los príncipes
scculare-
á mi autori.Jad. Yo tengo
un imperio más alto
y
elevado que el suyo:
¿
gería
justo que el e píritu se sometiese á la came
y
el ,·ie–
lo á la
tierra? Los príncipes , on ovejas de mi reba–
ño espiritual, sometidas, como las demá , al
oberano
.i:'astor de las almas." [ 2
J
2
1':
En asuntos políticos, el poder civil,
e
tá
in–
directamente sometido
á
la Iglesia. 1\udie neg-urá quf!
todo acto, procedente ya de un individuo particular,
ya de un gobernante, tiene que
ser bueno ó malo,
egún Be halle ó no conforme con la ley natural mo–
ral, ó revelada; ma'<¡
sólo á
la Iglesia
le corres–
ponde decidir, sin peligro de errar, acerca de la ho–
nestidad ó malicia de
las acciones ; luE'go. el prlnci–
pe
cristiano le está
indirectamente sujeto at'tn en lo
(1) De legibus.-Cita de Liberatore.
(2) Cita del Abate 1\íoulart.