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-T~o-

i mpone · porque tales deberes son inmen os. Un rci constitucional, no solnmtn·

te cs el egecutor de la lei : sino que el cuidac1o de su e.,,ccucion le pertenece

tan completarr.ente, que podria parnlizar

las fuerzas cle la misma lei , si ·

ta

le fu ese con trarin. Necesita de Ins cnmnras pan1 bacer la lei; las camaras ne–

c e itan de

·1 para egecutarla:

e

tas sor. pues d os potcncias que no pue1len vi•

Yir una sin otra; las rueda

clcl gobierno se paran, en el momento en qoe hni

entre ell as clesacuerdo. Es precisa

e~a

a1 monia entre 1 Rei

y

Ins Ciimar:is, por

Jo mismo que entre ellos puecle haber lucha. En los Estaclo5-Uniclos deAme–

rica, donde el Presiclente no puede impedir la formacion de

Ins

leyes, ni

aubstra rse

a

la obligacion de egecuta1·los, la armonia no es indispensable, por·

que la lucha es imposihle.

La gran ventaja qn e ofrecen las monarquias hereditarias es: que el inlerea

p a rticular de una fomilia se halla continuamente ligado cle un modo intimo

y

estrecho al

interes d cl Estndo;

y

que no se pnsa ni un instante en que c ·tc

se h alle abaudonado

;i

si mismo .

.!Mas que seria un monarca bereclitario1

privado cle las prerogati vas de disolver oportunamente cl Cuerpo lcgislntivo,

Y

d e oponerse

:i

m cdidas estemponineas 6 p eli g rosas? Un fantasina de Rei, un

juguete de los partidos, un ser impo tcnte

y

d escontcnto, que miraria con oje–

riza las

iu~tituciones

que le 1·ebajaban, que procuraria paralizar su mo,·imien""

to , 6 que c on piraria incesantemente para desu·uirlas . .!Hemos perdiclo ya la

memor ia? ..... .

Cunndo contemplo los ofones

y

desasasiego de a1gunos hombres de huena

f e

y

p roLi<la<l, quisiera tranqui1izar1os en

lo posi ble con la consideracion scn–

cilfa d e q ue hai en la Constitucion <le todos los pueblos, cualquiera que sea

por otra pa rte

u natu1 al1:za, un pun to en que

cl

l eg i lador se halla obliga–

ilo a fiarse d el buen senticlo

y

de la virtucl cle

los ciudadanos. Este punto

se halla m:is ce rcan o

y

visibl e en unas sociedacles, mas lejano

y

ocullo en

otrn : pero exis te siempre en alguna parle . No hai pais en

el

mundo donc1e

l a lei puech p revcerl o todo ,

y

doade

las instituciones, por pe1·fectas que pa–

rczca n , sean ca paces de

reemplazar

a

la razon

y

a

las costumbres . "Plu4

ibi b ni m o res valent quam alibi b o nae l ege . n

[

T..tc. de mor. germ.]

Es

furzo o someterse

a

esta lei de la humanidad. P ero permitanme esos patriotas

a ustadizos asegu rar!es que si la Comtitucion de 1837 ofrece algun peligro-–

no es el d e que p1·edomine

y

abuse el elemento monarquico-sino por el con·

nario, el elemento democratico de que esta impre;;nada .