.con caufas legitimas ,
y
neceífarias en_ la obfei:van..
,cia,
y
efl:ilo aacecedence,
y
defvanec1do
el
Cargo:
por lo qual,
y
lo bien que ha fervido
a
V.
Mag.
y
el
corto caudal con que fe hallaba , efperaba fe difi–
tieífe fegun;y en la conformid;id que tenia pedido,
por no poderfe de todo deducir la
mas
leve com–
plicidad contra eíl:a Parce.
•
1
'
l
\ RESPONDE EL FISCAL
al Alegato de bien probado de Mel–
garejo,reproduciendo lo alegado
num.
4
1 2.
y añade:
FoL573.
.
~e
no fe pue–
(:le decir queda
derogada la
ley
29.
tit.
2 I.
lib.
·s.
Recop.
por
la
42.
del mif-.
mo
tit.
y
lib.
I
078
n
Ue
la
fatisfacion pretendida dar
a
la
~
Ley
'2
9.
tit.
2 I.
lib.
5.
de la Recopil•
de Cajilla,
por lo declarado en la
Ley
2.
de las
D~claraciones,
no fatisface
a
lo prevenido en
ella,
y
alegado por
el
Fifcal , refpeéto de que por
la
De–
claracion
de la
Ley
2.
folo fe ordena que
el
Tefore-
ro, Guardas,
y
Balanzario eíl:en obligados, no
fo–
lo al
¡fofo
de las Monedas en comun, fino cambien
al
de cada pieza
en
particular,para explicar lo man–
dado en. la
Ley
42.
del dicho
titulo,
y
libro,
que pre–
viene en
general.laobligacion del Teforero, Balan-
.zari-o , -..y Guardas al pefo
~e
las Monedas:
y
fiendo
la
Ley
42.
hecha en
el
mifmo tiempo que la
Ley
29.
fegun coníl:a de las notas pueíl:as
a
la
Ley
I.
del
mifü10
Mtul.
no fe puede decir fea pofierior ,
ni~
in–
ducir
_de.rogacion, afsi por
la
diíl:inc
1
ion
c.onque ca–
da
:úrna
·habla ;
CDQ-10
por no poderfe
infer.ir;revoca–
cion: pues la
42.
habla generalmente,
110
folo
·en
quarito
a
pe{o
,~e
las Monedas, fino tam.bien
clef–
pues de acuñadas ;
y
que
ayan.fafrdo de ·la ultima
fu~dic~on
.para,
libtarfe.
·a~ füs .dueños
:.
y
d a.29. d1a-
-bla
umcamehte,
de .
la ;priin.era
lev~~a, :,~ y
pone.:
por
''
pe-