marco de los
-al titul.
2·
t.
libro
)
~
de
la
Récopil'acion
..,
no fe ,meii,;.
defeétuofos
q
.
-
l
~
r
d
-
fi
1
íl.
L
d
1
labro:
y
que
fus
-c1ona
a
Erna
ya
or ,
ienoo
ena
-
ey,
,ec1ara-
bienes no al-
cion de la
4-2.•
que irnponc .la obligacion de ref-t
canzan
a
pagar
la pena en que
pondcr del pefo ,
no
le aprovecha; rcfpeéto .
a
lo
aviaincurrido.
prevenido en la
Ley
29.
del mifmo
lib.
y
tit.
que le
,.-.
Fol.495.
Que la pena de
los
1
ºIJ·
mara–
vedís no cor–
ria , ni avia
praética de dla
incluye en dicho Cargo , baxo la pena de
109.
ma–
ravedis, que valen 36. -pefos de plata, por cada vez;
y
p9r cada marco que no
fe
ajuftaífen fus
Mone_d~s
a
la
calla; con que no pudiendofe negar que
el
de–
feél:o de ·pefo ,
y
excedo en
fu
feble ,
fe_
conrra.xo,en la primer levada, ni que 'en
ella
.es comprehen–
dido ·cl Enfay-ador,
T
eforero, Balanzario,
y
Guar"'
das , fe calificaba
deberfele
imponer dicha pena por
cada·marco
de
los fundidos en
fu
tiempo , c:u yo
importe folo en las
4-ºº··
partidas que labro, exce•
de
a
los bienes qu-e le eíl:an embargados.·
;''
·ALEGA DE BIEN P.ROBADO
'el
E;,nfax~dor. ' in_t~rin~
Don_
Chrift9".':1.\.
Cano Melgarejo ,
r.~f
pondiendo al
_. _Alegato
q~
,l?ien probado del Fif.:
.~
.
c~l
[obre
el
Cargo
de" defec·~
·
__
, ; ..,
.:
· .... to
de pefo.
'
1074
QUe aunque
el
Fifcal ,
teniendo
.
prefente'la declaracion
fegund~
..
Cobre
laLey42.tit.2r.lib.5.de
la Recopilacion de Cajlilla,
en
que
no fe comprehert- '
día ·
el
En
fa
yador en
el
Cargo del pefo de las
Mo–
nedas, fino es en
el
de
Ít.\
ley., pii:a
_lo,
g.ue(e _geo
e~io,
oponia
la'Ley
2_9.
del
mifmo
titulo,
que
parece· in:Clu!i cambien a-1 Enfayador
·~
fe
refp9mlia,
que no·eftando dcrogadeL
.Ita
: otra Ley ,-
qu~_~_y_ia
a
fu.
favor; fe debia. eftar
f!'l'ªS-
a~ ella.r,
qtl.C' .a
-fo·
_qd·~(l.~
.
' .'.
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