Previous Page  439 / 626 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 439 / 626 Next Page
Page Background

2r7

ALEGA DON CHRISTOVAL

Cano Melgarejo , Enfayador que fue

in terina:, ref

pondiendo

~

la Acu

fa–

cion Fifcal

tóbre

el

Cargo de

defeéto en

el

pefo.

106

5

qe fe

le debia .abfolver del

fo–

gundo Cargo del feble del pefo

·

d~

..

la.s Monedas, por lo

que

el

Tefotero tenia

expu.dl

:o en fus Efcricos, q1Je repro–

duda,con lo alegado por el Mercader,que

fe

<lira.

1.066

~le

a

fo favor miliraban . en el punro

otras mas paniculares circuníl:ancias

,

po,rque fe–

gun fe colegia de la

Ley

4

2.

tit.

2

r.

lib.

5•

de la

Re–

copilacion de Cajilla,

y

mas claramente de la

Ley

2..

de la$ Declaraciones,

colocadas defpues del mif-

mo· titulo, aunque

el

Enfayador con los Teforeros

FoI.r27.

<2!:1

e no

efU

obligado

al

pe–

fo ,

y

talla -de

las Monedas.

cíl:e

obligado

a

la ley de la Moneda

,

no

a

la ta- - -–

lla,

y

pefo de ella

,

fobre· que folo

fo

mencionaban

los Teforeros, Guardas,

y

Maeíl:re~

de balanza, fin

incluir, ni

comprehend~r

al Enfayador en

l~

tocan-

te al pefo ,

y

ralla.

I

067

OEe

lo mifmo

fe

colegia por

la

moder–

na Inftruccion remitida por V. Mag. pues aunque

fe ordenaba por

el

Capitulo

1

8.

que afsiJlieJfa.n todos

los Min,ijlros

a

la rcndic!.En de la M_oneda labrada,

-

en

conformidad de la Ley

2

9.

de las Recopiladas de

Ca.Jl.

.illa

;

no era obligar al Enfayador al pefo, fino

-

esfolo

a

que refpondieífe

a

l~ey

de

la

Moneda,

como expreífamenre fe manifeíl:aba por el

Capitulo

24.

de dicha Iníl:ruccion, que trataba de los car–

gos,

y

obligaciones del

Enf~yador:

y

que afsi de–

biendo favorecerle las Leyes, por_lo que de fu con–

t~nido

fe infería, no parecía de razon que fe eíl.en ..

dicífe concra el eíl:e Cargo.

~e

·,

1