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Caía,
pot
el
acordado juido de
fus
primeros funda–
dores
,
aprobada,
y
confentida por los Jueces Supe–
rintendentes
,
y
Virreyes, que fueron informados,
y
noticiados de tan antiguo ,
y
uniforme eíl:ilo,
y
de los motivos con que fe eftableció ,
y
permitió,
como en fu confefsion tenia expreífado, que repro–
duda : que figuiendo,
y
venerando cofiumbre tan
autorizada,
y
continuada , no
fe
le
ofreció~
para im ugnarla,
y
contradecirla, como lo hu vie–
ra
hecno , aunque no fueífe de
la
efpecial incum–
bencia de
fu
miniíl:erio, por folo
el.z~e~ll.s!cl,
y
defeo
de que
fe
19graífe en-codo
12_
que
fueífe más ajuftado,y confoi;;rpe
~
Dere·cho,y
r~n.
107
I
QEe quando tuviera algun delito en
la
falca del pefo,
fe
debia acender , para libertarle de
fu
pena
,
y.
darle ~por
libre ,.
ya
fus bienes,
1av.erfer-
- - - vido 46. años
enh
Cafa con todo cuidado, aplica–
cion,
y
desincetes,
y
aclamacion de.fu.gran inteli–
gencia,y la crecida familia
~on
que
fe
h~llaba,y
los
ningunos medios que tiene para mantenerla.
N
0
T .A.
1072
ElFifcal
no _hizo prueba, ni otra
diligm...
cia mas que la exprejfada,
Memor. num.484.
y
fig• .
y
ejle
Enjayador no ha
hecho otra
prueba,
que.laqu~
rcfulta
de
los
numer.396.
y
397·
ALEGA EL FISCAL
de bien probado.contra
el
En
fa
yador
Melgarejo fobre
el
fegundo Cargo
del defeéto de pefo.
107
3
í)
Ue aunque expufo
el
referido no Fol.404.
~
debia fet comprehendido en efte
OEe
fe
le debia
imponer rog.
Cargo, porque en la
Ley
2.
de las Declaracione5,
maravedís
de
. .
Síff'
al
pena por cada
11
mar-