Teologfa de los Ca!deos
,y
Persas.
1
3
I
encuentra no obstante, que en uno de Ios Ca·
nones de los Ap6stoles, prohibiendose
a
los Fie–
les ofrecer cosa ai'guna al Altar , se exceptua–
ban solo nuevas espigas, uvas, aceyte para las
luces,
y
thimiamas ,
6
perfumes, al que era
consiguiente el servicio del fuego en entram–
bos usos desde el tiempo de Ios Apostoles (
i).
Pero por lo mismo los Cdticos hallan entre otras
esta razon poderosa para excluir , como comun·
mente excluyen dichos Canones llamados de las
Ap6stoles de la autoridad que les
.tri
but
a su
tltulo , hablando de pricticas
muy
posteriore_s
a
los tiempos apostolicos. Se cree que este Ca–
non es hechura de un Autor , que vivi6 en los
fines del tercer siglo ;
a
lo menos no podemos
duqar
que en· ·el guarto siglo no fuese la que–
ma
de incienso uso cornun 'en
la
Iglesia , segun
claro testimonio de .S. Ambrosio (
2 ).
En otro
Ganon tambien de fos
Apo~toles
se pone ex–
eomunion contra·. Los robadqres del aceyte ,
y
I
z
ce-
(1-)
Offerri non liceat aliquid ad Altaue prreter novas spi–
~s,
&
uvas,
&
oleum ad luminaria,
.&
thymiama, id .est,
mcensu~
ternpore quo saqcta celebratur oblatio.
Can.
4.
Apost.
(2)
Ut~nam,
nobis quoque adolentibus
Alta~ia
, sacrificium
deferenttbus , assistat Angelus , immo prrebeat se videndum.
B. Ambros.
cap.
1,
in Luc. tom.
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