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Teologfa de los Ca!deos

,y

Persas.

1

3

I

encuentra no obstante, que en uno de Ios Ca·

nones de los Ap6stoles, prohibiendose

a

los Fie–

les ofrecer cosa ai'guna al Altar , se exceptua–

ban solo nuevas espigas, uvas, aceyte para las

luces,

y

thimiamas ,

6

perfumes, al que era

consiguiente el servicio del fuego en entram–

bos usos desde el tiempo de Ios Apostoles (

i).

Pero por lo mismo los Cdticos hallan entre otras

esta razon poderosa para excluir , como comun·

mente excluyen dichos Canones llamados de las

Ap6stoles de la autoridad que les

.tri

but

a su

tltulo , hablando de pricticas

muy

posteriore_s

a

los tiempos apostolicos. Se cree que este Ca–

non es hechura de un Autor , que vivi6 en los

fines del tercer siglo ;

a

lo menos no podemos

duqar

que en· ·el guarto siglo no fuese la que–

ma

de incienso uso cornun 'en

la

Iglesia , segun

claro testimonio de .S. Ambrosio (

2 ).

En otro

Ganon tambien de fos

Apo~toles

se pone ex–

eomunion contra·. Los robadqres del aceyte ,

y

I

z

ce-

(1-)

Offerri non liceat aliquid ad Altaue prreter novas spi–

~s,

&

uvas,

&

oleum ad luminaria,

.&

thymiama, id .est,

mcensu~

ternpore quo saqcta celebratur oblatio.

Can.

4.

Apost.

(2)

Ut~nam,

nobis quoque adolentibus

Alta~ia

, sacrificium

deferenttbus , assistat Angelus , immo prrebeat se videndum.

B. Ambros.

cap.

1,

in Luc. tom.

1 •