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J86 ORCANIZACIONDE LA SOCIEDAD EN EL PERU PRECOLOMBINO

la mujer y, en consecuencia, los hijos de la hermana que–

daban dentro del propio Ayllu, mientras

que

los del hermano

pertenecían a otro. El rapto de mujeres y más tarde la com–

pra para evitar la venganza, hizo que la mujer pasara al

Ayllu del marido y, lógicamete, los hijos del hermano que–

daban dentro del Ayllu, mientras que los de la hermana, per–

tenecían al del marido .que lo había comprado.

Fuera de estos conceptos previos, hay que resaltar el

hecho de que ningún bien podía salir del patrimonio del Ay–

Ilu, como Persona Jurídica colectiva, sea éste de mera pose–

sión o de dominio directo del particular, porque afectaba a la:

economía general de todo

el

agrupamiento

y

era un camind

fácil para despojar, por las vías legales, la Propiedad de u·n

Ayllu en beneficio de otro. Todo lo dicho integra el concep–

tP

de Reivindicación qlle antes he hecho notar. Esto se vé

claramente en la Sucesión de los Cacicazgos. Cuando

el

nue–

vo funcionario pertenecía al mismo Ayllu, no había inconve–

niente para que heredara los bienes de su causante, -pero, si

por casualidad la elección del Consejo recaía en una persona

que estaba dentro de la jurisdicción de un Ayllu diferente,

entonces solamente se hacía cargo del Cacicazgo aunque tu–

viese legítimo derecho a la herencía. ( 15). Esto se debía a la

posibilidad de que por este medio pasase una porción consi–

derab!e de bienes al patrimonio de otra entidad con Persone–

ría Jurídica para detentarlos como propiedad legal.

Claramente se vé, ahora, uno de los principales requi–

sitos par ser heredero: que la sucesión no aO'andone el Ayllu

pueblos a otros iban las mujeres cargaaas ide lo que habfan

ele comer

y

beber" .

( 15) C. de Castro.-Relación,

etc., Oh.

cit.,

p. 145 . Falcón.–

Representación, etc., _Oh.

cit.,

p. 24, vr. 21 •