JOSE MEJIA V
ALEAA
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Hubo, no
obstant~,
una
época
de transición que . duró
11asta bien entrado el Estado Inca. en algunas regiones don-
4e el patriarcado había advenido
tardia~ente.
Esto se com:–
prueba por la práctica de que a falta de herederos directos
se
apelaba a la línea colateral., sucediendo el hermano mayGr
y
sus hijos, o, a falta de ámbos, el h1jo" .de la hermana, ha–
bjdo, posiblemente, en una ·prueba matrimonial terminada .
sin matrimonio. (
18).
·
Por las mismas razones, la mujer nunca hereqó y, por
el contrario, con la implantación del matrimonio por compra,
se le consideró como un bien y, eri consecuencia, susceptible
·de formar parte del monto de la herencia.
(
19).
Analoga–
mente, los primos por línea materna también estaban impe–
didos porque, como se sabe, pertenecían a otro Ayllu.
Estas reglas sirvieron para ordenar la sucesión de los
fiienes inm·uebles de dominio individual, como la casa,
y
de
todos !os bienes muebles.
·
( 18) Cieza
de
León.-Crónica, etc., Oh. cit., Cap. XLIX: (Prov.
de Puerto Viejo) ..Heredaban en el señorío que es mando
sobre los indios, el hijo al padre,
y
si no, el segundo herma–
no;
y
faltando estos (conforme la relación que a mi me die–
ron) ·viene el hijo de la hermana".
Cabello
Balboa-Micelá–
nea,
etc . , Ob . cit. , Cap . VIII: "El Inga ordenó que los ca–
cicazgos los heredaran los hijos
primogénitos, no recono–
ciendo como a tales más que a los hijos de la mama-guarmi,
o mujer que hubiera sido dada por el Inga, o el representan–
te de este. A falta de hijos la sucesión pasaba al hermano
menor,
y
si tampoco tenía hermanos el Inga nombraba al que
creyera más capaz de gobernar".
( 19) C .
de
Castro. -Relación, etc. , Ob .
cit . ,
p . 14 5 : ··1a mu–
jer principal jamás heredaba, antes, por causa que era com–
prada, siempre estaba sujeta a aquel que heredaba, como co–
sa comprada" . · Garcilazo. -Comentarios, etc., Ob.
cit.,