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-

L

o

1

S

B

A

u

D

I

N

de familia transmite a sus herederos

su

,

Z~te

de Wtrra, que

permanece indiviso entre ellos

(1).

En Susques (Atacama),

la tierra es prop' iedad de la comunidad, pero ésta tal vez

fué una creación de los jesuitas (2). Banctelier cuenta que

cada familia indígena de. la isla Titiccica recjbe del cacique

un lote de tierra que cultiva dura1i'te un año

y

que se deja

luego en barbecho durante varios tiños (3). Me. Brtde com–

prue,ba . la

exi~tencia

de comunidades que éultiva.n la tierra

en común, al Noroeste del lago Titicaca, y señala en la Co–

yana, cerca de La Paz, en

u.n

sitio poco accesible, una agru–

pación cuyo régime.n territorial es idéntico .al que aca·bamos

de estudiar: tierras

coinun~s

para el pasto, repartición pe–

riódica de las

tierra~

laborables (4). Según Tella y Miranda,

en la regió ·de Casta l

ayllu

permanece vivo, pero el

tupu,

llamado

here itart p

r

ta ilia. La reparación

de los ca

-

;ta es

s~

reúnen,

1e de fiesta, y

tos (5). En el

Zas tierras son

i~coJ

ez

o

doce años,

según su

suma, encontramos en la meseta

toda una serie de modos de apropiación, correspondientes a

etapas diferentes de evolución, escalonándose

·

desde el

co–

lectivism-o al individualismo (7).

¿.Quiere

de~ir

esto que el sistema de las comunidades

(1) B.

Saaved.ra

, "El

ayZlu",

p.

148.

(2)

Boman,

11

Anttquités d.e la région and.ine",

t.

2,

p.

434

y

468.

(3)

"The Island.s oj Ttticaca",

p.

80.

(4)

" .The agrar·ian communittes",

p.

13

y

i4. El

descubrimiento de

estas .supervivencias invalida definitivamente la hipótesis de Prescott

so–

bre la no ·periodicidad del repartimiento de tierras de. que hemos hablado

mé.s arri:ba.

(5)

''Wallalo",

caps.·

3 .Y

4.

(6)

Angélica

Alv·arez,

11

Anccoccahua".

"Revista Universitaria de cuz-

co·~.

1925, N.o 47.

-

(7) Los jesuitas m.antuvieron las comunidades en las Reducciones, pero

no las consideraron como definitivas ·porque trataron de acostumbrar a

los incUos a la propiedad 1ndlv1dual (Gotheln,

''Der chrf.stlich-sociale Staa,t

des

Jesuite~

in Paraguay••,

Lelpzig, 1888, p. 34).

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