L
o
u
I
S
B
A
u
D
I
N
subsistir
(1).
Encontramos una confirmación en nuestra ma–
nera de ver
·e~
el
sis~ema
adoptado en nuestros dias en la
r egión de Casta, del Perú. El obj·eto del trabajo, en este ca–
so un canal,
es
dividido en un número de
tupu
igual al de
t rabaj ador·es, pero de •extensión variable según .las dificulta–
des d-e1 terreno y según la edad y las fuerz·as de cada uno·. No
se trata,
pues,
de una ,-medida fija (2).
Este
modo de -distribución
por
tupu
muestra que, en rea–
lidad, la ·Comunid.a<!
~es
atendida primero, ya que su parte
debe ser igual al número de sus miembros multiplicado por
la superficie del
tupu
necesaria para
hac.ervivir a cada uno
de ellos. El ·sol y el inca obti·enen el resto: el excedente del
suelo dis onible .
Hay
e
ta
-p
Y tic
•agraria una curiosa
analogi:a
e ·P.l
o
:en Marrue-
a última palabra de
>.
;-.Aa~ol"lA 'e ~el
sol
y
el in-
,.
· •O
que ¡parece, s1n
nstancias. Por
e}emplo, /e
ores
de
los
templos, el ·culto recibe la
, mayor parte; por el contrario, en la· V·e-cindad de las plazas
fuertes, es el Estado el que resulta
f~
vorecido.
Garcilaso anota que la parte d-el inca c-onsiste, si·empre
(1) "De la -orden que los Indios tenyan ... ",
p.
102.
-
(2)
Tello
y
Miranda,
"Wallalo",
p.
533.
Me.
Brlde estima que el
lote
actualmente atribuido al jefe de lfamlliá al hacerse los repartos pe–
a:lódlcos en Jas comunidades bo11vianas
es
de
24
acres
más
o
menos
("T h e agrartan communities" ,
p.
6).
En la tentativa socialista realizada
en Ohina en el siglo
XI,
\las
tierrf\s se repartían
anualmente, recibiendo
un l ote cada grupo compuesto de
10
.fam1lla.s (Caubert,
uun essai de so–
cialisme en Chine au Xle. siecle". uséances et travaux de Z'Academie des
Sciences morales et polttiques",
1895,
p.
7
63).(3)
[Jos
funcionarios del ·protectorado
calcu:la.nen cada provinCia el
'00-n-eno
necesario
a.
la
subsistencia
de
un
a. tienda;cuentan
por
término
m edio
10
hectáreas de terreno cUlti'vable
y
10
hectáreas de terreno de
cafiada: esto es el equivalente del
tupu
de los quichuas,
y,
notémoslo,
es una unidad vM-ia.ble según el grado de
fertllid.addel terreno. Multi–
plica.n.doesta unidad por
eJ.
número de ti
endas dela tri·bu, se obtiene
la supedleie
de territorio que esta tribu ha de conservar obligatoriamente.
Sólo
el excedente -quelda
disponilble
'y
puede ser camprad.o por el Pro–
tectorado
(L.
Ba.udin,
" Le
régf.medes terres au Maroc et
la
colani.sation
trancatse". "Revue des sci
ences politiquea",
a'brtl
de
·1926,
p. 203).
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