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138

DISCURSO LEXICO

I11.m

0

Señor Doctor Don Domingo de

Bustamante, Comissario General de la

Santa Cruzada:

Y

a su Supremo Con–

sejo. Con Licencia: En Madrid. Año

de

1745.

Se hallara en la Librería de Si–

mon Moreno, frente de San Phelipe el

Real. - En

4.º,

de

64

ps., s.

20

hs.

p.

n.

EL

P.

A LEJANDRO

LAGUNA.

Es la obra

á

que se refiere Caballero

cuando dice que el P. Laguna «sumpto

nomine Rangel edidit opusculum de jeju–

nio, quod reprobatum fuit a Suprema

In–

quisitione Hispanire suo edicto

31

Januarii

an.

1747....

Novi ex mss. Theologicis P. Pe–

tri Calatayud... , qure possidet Faustinus

Arevalo. Observat Calatayudius laudatum

opusculum Lagunre usque ad tempus pro–

mulgati decreti fuisse a pluribus habitum ut

bene fundatum» (Mss., núm.

708).

En efecto, analizando el P. Calatayud el

citado edicto ó decreto de la Inquisición

española sobre los Bre1Tes de Su Santidad

acerca del ayuno, «Condemnat item libel–

lum

R a11gel,

cuius'A uthor fuit P. Laguna

pro tune Provincialis Toleti Soc.

J.

usque

ad tempus promulgati Decreti a pluribus

habitum, et

[?

ut] gravibus fundamentis

connixum», dice en

su R efugium Confessa–

riorum i1iter angustias

(hoj.

r5, v.),

de la

copia exi tente en la bi blioteca del Colegio

del Puerto de Santa María.- E n otra copia

del mismo Ms., consern da

~ambién

en la

misma biblioteca con el título de

Refugittm

111ter a11gustias Confessan'orztm,

se lee así

esta cláusula: «Condemnat ítem libellum

Rangel, cujus Autor fuit P . Laguna pro

tune Prov.

lis

ProvinciE¡ Toletanre S.

J.

usq•

ad ternpus prornulgati decreti ut bene fun–

datum a pluribus habiturn» (hoj.

12).

A

pesar de que la obra fué prohibida por

la Santa Inquisición, no aparece en el

Ex–

purgatorio

español: circunstancia que des–

agradó sobremanera

á

los que debían de

saber que lo era de alguno de la Compañía,

y de la que hallamos la siguiente noticia

en el papel de

R espuestas

al de las

N otas

al Expurgatorio, descrito al núm. 866. El

de las

Notas,

en la primera suya que es

«Sobre omissiones [en el

Expurga~orio

J

de

Libros y Papeles prohibidos por Edictos»,

decía así: «La Santa Inquisicion en 3r. de

Enero de

1747.

prohibio el Discurso Lexico

de Don Francisco Rangel» ; y sigue la

«Respuesta.

Al primer renglon hallo ya la

precision que protestaba de adivinar. El

papel de Rangel se prohibía, y no esta en

el Expurgatorio. Es cierto: pero que infiere

de aquí el Notador? Si quiere decir, que se

omitio sin causa ni razon, es sinrazon; si

la hu vo, imprudencia, y mas allá sera

pensar que se omitio por ocultarle prohi–

bido, pues ademas de la conciencia, el

E dicto sobre el Ayuno es de ayer, que esta

en las manos de todos, y el silencio del

Expurgatorio no le ha quitado la prohibi–

cion: Pues que sera? Adivinemos. Yo sos–

pecho que fue un alto golpe de

govier.go,

y

Política Eclesiastica: dare mi razon: Que

nos dijo aquel Edicto? Que su Santidad

procedía preceptivamente declinando Opi–

niones y Questiones sutiles sin censura al–

guna de ellas , por lo qua! no se dijesse, ni

escriviesse con provocacion, que por los

fund amentos de la una havia quedado supe–

rada la otra , pues lo que vencla gloriosa–

mente a todas era el precepto de Christo

visible: Y en quanto al Papel de Rangel?

Q ue constaba se dicto por Superiores moti–

vos que pudieron dar al Author, quando le

escrivio: respetable causa de equivocacion,

entendiendo era diversa la Mente Pontificia

en el Breve: Sr FRATERNTTAS. Segun estas

circunstancias, el Papel debib ser atendido,

como en tiempo anterior a la suficiente in–

timacion de los preceptos , pues tuvo el

Author superiores motivos con causa res–

petable de entender diversa la Mente Pon–

tificia, y considerado en este estado, no

debía prohibirse, pues en tal consideracion

estaban con practica probabilidad las opi–

niones de la Bulla ; Pero debía prohibirse

por el gran daño que resultaba, de que

ignorandose universalmente aquellos secre–

tos, y superiores motivos de equivocacion,

comprehendiessen losº fieles, que aun des–

pues de los Breves estaban desobligados de

los preceptos. Pedla la precission socorrer a

la noticia de todos para evitar el daño, y a la

justicia innocente del Author para guardar